Causa criminal

“No sabía si me iban a matar”: así actuaba la manada de Sabadell

Uno de los participantes de la manada de Sabadell

Uno de los participantes de la manada de Sabadell / Marta Pérez (EFE)

Los hechos ocurrieron la noche del 2 al 3 de febrero de 2019, cuando la víctima, que entonces tenía 18 años, volvía de salir de fiesta por el centro de Sabadell. Allí un hombre la acorraló por la espalda, la cogió por el cuello para ponerla contra la pared y la agredió sexualmente.

La chica, que se quedó completamente paralizada, no logró reaccionar a nada de lo que estaba pasando. Cuando acabó, el agresor la llevo, en contra de su voluntad, a una nave industrial abandonada en la carretera que va a Terrasa. Allí había, al menos, siete personas más de entre 25 y 30 años.

 Dos de quienes estaban allí, junto con el agresor inicial, siguieron violando a la chica mientras los demás no hacían nada para impedirlo. La joven, a unos metros, estaba acurrucada en el suelo, aturdida y asustada, e incluso se orinó encima.

A pesar de que en ese momento sí opuso resistencia le fue imposible lidiar con la fuerza de los tres hombres que la estaban violando. Hacia las 07:30 horas y en un descuido de los agresores, la chica consiguió escapar hacia un garaje cercano del que salía un vehículo. Entró en él para pedir auxilio y sus integrantes la llevaron directamente a la comisaría de Policía.

La condena

El juicio por el caso se celebró en abril de 2021 después de que a la víctima la sometieran a un duro interrogatorio en el que confesó que "no sabía si me iban a matar", entre lágrimas. 

Casi dos años después, el Tribunal Supremo ha acordado elevar las condenas a los tres agresores que integran ‘la manada de Sabadell’.

Éstos fueron condenados por participar en la violación grupal a una joven de 18 años en el año 2019, al considerar que en las agresiones sexuales múltiples la conducta de quienes forman parte del grupo, aunque no sean los autores de las violaciones, tienen mayor gravedad por la  intimidad ambiental sobre la víctima que debe ser calificada como cooperación necesaria, no sólo complicidad.

En la sentencia el tribunal ha estimado el recurso solicitado por la Fiscalía de elevar las penas. A dos de los chicos que violaron hasta en tres ocasiones a la víctima y a los que se les había condenado por complicidad, ahora se les condena por cooperación necesaria y su pena pasa de 13 años y 6 meses de prisión a 24 años de cárcel.  

De la misma manera, también ha quedado aumentada la condena del hombre que violó a la chica en plena calle y luego la llevó a la nave donde estaban los demás hombres. En su caso la pena ha pasado de 22 a 28 años de prisión (12 años por ser el autor de la violación y 16 más por ser cooperador necesario cuando los otros dos chicos estaban violando a la víctima).

Cooperación necesaria

El alto tribunal ha explicado que el concepto de cooperación necesaria se extiende a los supuestos en que, "aun no existiendo un plan preordenado, se produce la violación en presencia de otros individuos sin previo acuerdo, pero con conciencia de la acción que conjuntamente se realiza".

"En estos casos el efecto intimidatorio se produce por la simple presencia o concurrencia de varias personas, distintas del que consuma materialmente la violación, ya que la existencia del grupo puede producir en la persona agredida un estado de intimidación ambiental. Y es que la intimidación siempre y la intimidación grupal inexcusablemente hacen que la víctima adopte una actitud de sometimiento, que no de consentimiento", han precisado los magistrados.

Al hilo de esto, el Supremo ha recalcado que "en las agresiones sexuales múltiples existe una intensificación de la intimidación que sufre la víctima con efectiva disminución de su capacidad de respuesta, dando lugar todo ello a un aumento cualitativo de la gravedad de la situación, radicalmente incompatible con la complicidad".

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