Campiña Sur

Un bando recuerda la obligación de mantener limpias y desbrozadas los solares y parcelas de Puente Genil

  • Las labores de adecentamiento se deberán realizar antes del 1 de junio para obtener las debidas condiciones de seguridad y ornato público

Parcelas en Puente Genil.

Parcelas en Puente Genil. / José Manuel Cabezas

El Ayuntamiento de Puente Genil, a través de un bando del alcalde, Esteban Morales, ha informado a los propietarios de solares, parcelas y otros terrenos sin urbanizar la obligación de realizar las oportunas labores de desbroce, limpieza y adecentamiento de los mismos antes del día 1 de junio, a fin de mantenerlos en las debidas condiciones de seguridad y ornato público.

El bando de limpieza de parcelas y solares recuerda que si estos terrenos no se conservan adecuadamente acumulan gran cantidad de forrajes que pueden provocar situaciones de riesgo para la salud y la seguridad de las personas por la proliferación de plagas de insectos y roedores o por el peligro de incendio, riesgo éste que se ve incrementado por las lluvias caídas en primavera que han provocado que las hierbas existentes hayan crecido de manera excesiva.

Especialmente importante es la limpieza de estos terrenos en zonas del interior del casco urbano, Urbanización Cañada de la Plata, Urbanización Ribera de San Luis, polígonos industriales y otras próximas a lugares habitados. Las labores de desbroce y limpieza para el correcto mantenimiento de las condiciones de salubridad podrán hacerse con medios manuales o mecánicos mediante el uso de desbrozadoras, palas excavadoras, o tractores.

Los restos de la limpieza, a menos que sean restos vegetales finamente picados, deberán ser retirados del solar y trasladados a una instalación autorizada para su correcta gestión. En todo caso, los solares deben quedar libres de forrajes, residuos plásticos, escombros u otros restos. Quedan terminantemente prohibidas las quemas como medio de limpieza.

Por otra parte, el bando contempla que todas las parcelas ubicadas en zonas limítrofes con núcleos de población, edificaciones, solares, instalaciones de carácter industrial y las urbanizaciones, deben disponer de una faja de seguridad, de una anchura mínima de 15 metros, libre de residuos, matorral y vegetación herbácea, pudiéndose mantener las formaciones arbóreas y arbustivas, según establece el Decreto 247/2001, de 13 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales, quedando también terminantemente prohibido arrojar basuras o residuos sólidos en solares y espacios libres de propiedad pública o privada.

Actualmente, y debido a las recientes lluvias, muchos de estos solares están repletos de maleza, de ahí que se haga completamente necesaria la intervención de los propietarios para proceder a su retirada. El incumplimiento de esta normativa podría acarrear una sanción de entre 300 y 500 euros. El bando indica que se podría ordenar la ejecución de las citadas actuaciones y su incumplimiento habilitaría para la ejecución subsidiaria a costa del titular de las parcelas.

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