Subbética

La junta electoral del Colegio de Abogados de Lucena denuncia las "injerencias" del decano en el proceso electoral

  • Las elecciones se celebraron el día 18 de febrero de 2021 

Votaciones en el Colegio de Abogados de Lucena.

Votaciones en el Colegio de Abogados de Lucena. / El Día

La junta electoral del Colegio de Abogados de Lucena ha manifestado su disconformidad por las "injerencias" del decano en el proceso electoral. Las elecciones, recuerdan desde la junta electoral, se celebraron el día 18 de febrero de 2021, y en ellas "obtuvo una amplia mayoría" la candidatura conjunta en la que concurría Javier Ortiz López de Ahumada, imponiéndose a la candidatura presentada para sustentar al decano, sin embargo, según denuncian, el decano "se niega" a incluir la resolución en el orden del día.

Según explican desde la junta electoral del Colegio de Abogados de Lucena, en fecha 27 de mayo de este año, la junta electoral acordó estimar la reclamación del colegiado Javier Ortiz López de Ahumada y, de esta forma, le proclamó candidato al cargo de diputado primero de la junta de gobierno, ordenando la convocatoria de votación para cubrir dicho cargo entre Ortiz López de Ahumada y Araceli Montilla Cobos, que había sido declarada electa "por la indebida exclusión del primero" (declaración de electa que también anuló la junta electoral en su resolución).

"A pesar de haber transcurrido casi dos meses de esta resolución, el decano de la corporación se niega a incluir en el orden del día de la junta de gobierno esta obligación impuesta por la junta electoral, órgano independiente de la junta de gobierno", afirman.

Todos los demás componentes de la junta de gobierno "han requerido reiteradamente al decano proveer la orden de la junta electoral, la cual, incluso, se ha visto obligada a trasladar al Colegio una queja por las injerencias en sus funciones y competencias llevadas a cabo por el decano".

De esta forma, desde la junta electoral entienden que "el decano del Colegio de Abogados de Lucena no solo ha tratado de intervenir en las funciones, sino que está situándose por encima de la misma, contrariamente a los estatutos colegiales, negándose a cumplir el mandato de la junta electoral, ocasionando daño a la imagen institucional de la abogacía en general, difícilmente reparable a estas alturas, y particularmente alcolegiado afectado".

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