Laboral

El campo cordobés aplica la subida del nuevo salario mínimo interprofesional

  • Los sindicatos UGT FICA Córdoba y CCOO Industria, junto con las patronales agrarias COAG y Asaja, firman el acuerdo

Vendimiadores en Montilla.

Vendimiadores en Montilla. / Juan Ayala

Los sindicatos UGT FICA Córdoba y CCOO Industria, junto con las patronales agrarias COAG y Asaja, han firmado este miércoles las nuevas tablas salariales del convenio del campo de la provincia de Córdoba tras la aplicación del nuevo Salario Mínimo Interprofesional (SMI). De esta forma, tras este acuerdo, el jornal por día queda fijado en 48,95 euros en el sector agrario con efectos desde el pasado 1 de septiembre. Además, estas nuevas tablas serán las que aparezcan en el convenio provincial del campo, que se aprobó en el mes de julio y que se publicará en breve en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Para los agentes sociales y económicos del sector agrario cordobés esta firma representa “el valor de la negociación colectiva para alcanzar consensos que, en este caso, benefician a más de 70.000 personas y dan estabilidad a uno de los grandes motores económicos y laborales de nuestra provincia”. Asimismo, los participantes destacaron que este incremento llega en un momento muy importante “con el comienzo de grandes campañas como la de la naranja o la del olivar”.

Gracias a esta resolución, se evita que cualquier jornalero o jornalera –fijo, fijo-discontinuo o eventual- cobre por debajo del SMI y se avanza en la equiparación de derechos sea cual sea la modalidad de contratación, garantizando la igualdad salarial entre hombres y mujeres. Al mismo tiempo, se da un paso más en la modernización y dignificación del sector primario, generador de riqueza y clave para evitar la despoblación rural.

El precio establecido del jornal mínimo, 48,95 euros, corresponde al vigente hasta el momento más el 1,579% de incremento del SMI aprobado en el Real Decreto 817/2021 de 28 de septiembre.

Igualmente, la comisión paritaria ha clarificado el artículo 22 del convenio, relativo a los desplazamientos. Aquí, los representantes del colectivo agrario han especificado que la empresa será la encargada de proporcionar el transporte o bien de pagar el kilometraje de los desplazamientos, tras acordar de mutuo acuerdo con los trabajadores/as el número de vehículos necesarios y la ocupación de los mismos.

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