Alto Guadalquivir

Condenada la Fundación Jesús Nazareno de Montoro a pagar 519.000 euros a El Yate

  • El patronato del Ayuntamiento tendrá que abonar 221.000 euros por facturas impagados y 298.000 euros por incumplir el contrato, que debía haber estado vigente hasta 2035

Un niño pasa ante la residencia de mayores Jesús Nazareno de Montoro.

Un niño pasa ante la residencia de mayores Jesús Nazareno de Montoro. / T. Coronado

La Fundación Patronato Hospital Jesús Nazareno, presidida por la alcaldesa de Montoro, Ana María Romero (PSOE), ha sido condenada a pagar 519.000 euros a la cooperativa El Yate por distintos impagos relacionados con la gestión de la residencia y en concepto de compensación, ya que la cooperativa se vio abocada a rescindir el contrato de gestión antes de lo estipulado. La sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Montoro, que aun no es firme, estima así en parte la demanda interpuesta por la empresa, que solicitaba una indemnización superior a los seis millones de euros.

El Yate asumió en 2004 la gestión de la residencia de mayores en virtud a un acuerdo vigente hasta 2035. La relación con el patronato, participado por el propio Ayuntamiento, empezó a torcerse en 2015, hasta el punto de que el 29 de diciembre de 2016 la cooperativa comunicó la rescisión del contrato. “Hemos agotado todas las vías de diálogo para llegar a un entendimiento”, censuró entonces la directora general de centros de El Yate, Patrocinio Wals.

El punto de inflexión fue el cierre de las herramientas para gestionar las altas y bajas de los trabajadores. A esto “hay que añadir las situaciones de conflicto que se produjeron en julio y diciembre, cuando la Fundación, por orden de la presidenta, impidió el acceso a las instalaciones a miembros de El Yate para retomar el control de la actividad”, según consta en la resolución facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

El juez considera que la cooperativa, en ese momento, “quedó facultada para rescindir unilateralmente el contrato suscrito ante la evidente retirada de accesos a los mecanismos de gestión”. La cooperativa buscó auxilio en la Justicia, que ahora ha dictado su primer fallo.

La resolución, en primer lugar, condena a la fundación a pagar la cantidad total de 221.762 euros más los intereses por los servicios prestados y no abonados, entre ellos la alimentación de los residentes. A este volumen, la resolución suma 298.062 euros más intereses en concepto de “lucro cesante”, es decir, los beneficios que El Yate dejó de ingresar por la rescisión del contrato antes de tiempo. Ya que el contrato “hubiera seguido en vigor hasta el año 2035, la parte actora tiene derecho a reclamar”, zanja el juez.

La cooperativa solicitaba también una indemnización por supuestos “daños morales” a consecuencia de las noticias que en su momento surgieron en los medios de comunicación, aunque la sentencia desestima esta última pretensión. El fallo concluye que “no existen pruebas de que las informaciones vertidas le hayan supuesto perjuicio alguno”, pues desde entonces El Yate no ha visto rescindidos otros contratos e, incluso, ha aumentado en tres o cuatro las residencias que gestiona en la provincia.

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