Tribuna

Jesús jordano fraga

Catedrático de Derecho Administrativo

Siesta y acoso telefónico

El fallo considera que Vodafone ha mantenido una actitud "avasalladora y acosadora" con el usuario, e incluso califica los hechos como "acoso telefónico"

Siesta y acoso telefónico Siesta y acoso telefónico

Siesta y acoso telefónico / rosell

Este año hemos sufrido masivamente el acoso de las compañías de telemarketing que de forma corsaria invaden nuestra intimidad a horas normalmente intempestivas. Parafraseando a Cicerón, podemos decir: ¿hasta cuándo vas a abusar Vodafone, MásMóvil de nuestra paciencia?

No sé quién me llama, pero llaman en nombre de operadoras de telefonía o compañías suministradoras de electricidad. Es decir, que las podemos culpar por acción o por omisión. Así lo ha hecho con Vodafone la sentencia de la que damos cuenta. Las compañías se aprovechan de la falta de reacción. Las personas normales no dedicamos nuestro tiempo a combatir a los filibusteros del telemarketing (dicho sea sin ofender a los honorables filibusteros).

En teoría están prohibidas las llamadas comerciales antes de las 09:00 y después de las 21:00. Hay una restricción, impuesta por un código de conducta: no pueden llamar a la hora de la siesta, entre las 15:00 y las 16:00. Lector, no tenemos derecho a decidir cuándo visitar a Morfeo. MásMóvil, Orange, Telefónica y Vodafone han pactado un código de conducta para impedir las prácticas de televenta agresiva. El nuevo código entró en vigor el 1 de enero. Además, no se pueden recibir llamadas los fines de semana. Pero algunas compañías no lo están respetando o lo respetan en el mundo imaginario de Alberto Garzón.

El art. 66 de la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones nos reconoce dos importantes derechos: a) a no recibir llamadas automáticas sin intervención humana con fines de comunicación comercial sin haber prestado su consentimiento previo para ello; y b) a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales. Pero este importante derecho entra en vigor el 29 de junio de 2023. Nos queda un año de tortura.

En tanto la previsión descrita entra en vigor, frente a estos abusos existen mecanismos de respuesta, pero son insuficientes. Conocida es la Lista Robinson. La inscripción gratuita en la misma sirve en teoría para evitar recibir publicidad de entidades o empresas a las que no se haya dado consentimiento expreso para ello. Si una empresa desea enviar publicidad personalizada, tiene la obligación legal de consultar la Lista Robinson. Sin embargo, este que escribe está dado de alta en la Lista Robinson y ello no disuade a las compañías para acosarme. Como siempre, el problema es la falta de inspección. Desde el nuevo Reglamento Europeo de Protección de Datos (GDPR) se ha endurecido la protección de la información personal y sensible, requiriéndose que el usuario haya dado consentimiento expreso. También podemos solicitar a nuestra operadora que se nos excluya de las guías telefónicas o de comunicaciones electrónicas públicas.

El siguiente mecanismo es el bloqueo de llamadas, bien artesanal -bloqueando manualmente el número que nos ha llamado- o bien acudiendo a aplicaciones anti spam (Truecaller, Hiya para iphone; Calls Blacklist para Android). Por último, para los valientes queda la denuncia. El Juzgado de Primera Instancia número 11 de Zaragoza el 10 de febrero ha dado la razón a un ciudadano obligando a Vodafone a indemnizarle con 6.000 euros. El fallo considera que Vodafone ha mantenido una actitud "avasalladora y acosadora" con el usuario, e incluso califica los hechos como "acoso telefónico".

A mí se me ocurre que se puede hacer mucho más. Y que el Ministerio de Garzón es culpable por inoperancia y manifiesta inutilidad. Lanza batallas contra la carne y desprotege a los ciudadanos. Porque efectivamente podría someterse a un plan de inspección a estas compañías. Se podría obligar a cada compañía a realizar el telemarketing con un solo número de teléfono, de modo que termine esta desvergüenza y tengan la desfachatez de volver a llamarte desde otro número (según su código tres veces en un mes y, en caso de que se rechace la oferta, estarán obligadas a esperar tres meses antes de volver a llamar). Es urgente obligar a cada compañía a usar un solo número. Y, si osan vulnerar esta sencilla prohibición, el peso de la ley debe caerles encima con sanciones no de 6.000 euros sino de tal cuantía que no les merezca la pena burlar la Ley. Mi primo, Ingeniero de Telecomunicaciones, me dice que este mecanismo es posible técnicamente. Solo falta la voluntad política de convertirlo en Ley.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios