Alto y claro
José Antonio Carrizosa
¿Y si a China le da por responder?
El Tribunal Constitucional se ha pronunciado sobre un impuesto peculiar que grava las transmisiones de los bienes inmuebles urbanos cuando el valor de los terrenos se incrementa desde su adquisición. Se trata del impuesto al que comúnmente llamamos plusvalía. Aparentemente el TC se la ha cargado. La situación que ha generado este impuesto (gestionado por los ayuntamientos, aunque de carácter estatal, con matices) ha sido objeto de disputa desde hace años. Muy resumidamente, primero, porque se aplicaba hubiera incremento real o no; y segundo, porque el método de cálculo del impuesto suponía la aplicación automática de unos coeficientes de incremento por el mero transcurso del tiempo. El Tribunal Constitucional ya se había pronunciado antes sobre el impuesto y, desde hace años, existen (en mi opinión y en la de otros muchos) razones jurídicas materiales (el hecho imponible es una patraña) y formales (ya estaban afectado, en la práctica, por nulidad) para que no se aplicara o, de aplicarse, fuera tumbado en tribunales, cosa que ha pasado más de una vez. A pesar de ello, la administración, salvo rarísimas excepciones, y bastantes juzgados han comprado argumentos variopintos para mantenerlo vivo, agónico para sí, pero letal para el contribuyente.
Nos las prometimos felices quienes defendemos los impuestos por su valor y función social, pero abominamos la confiscación, cuando supimos que el Constitucional iba a decir que es nulo definitivamente. Un jarro de agua fría nos cayó cuando la sentencia lo hace, pero recorta los efectos de la nulidad, sin darle valor retroactivo (nulidad real cero), y daña (pero no mata) la pésima práctica legislativa del Estado, primero, y la lamentable práctica forense de la administración (ciega, sorda y contumaz en su afán recaudatorio), después. La certeza de la reacción la reflejó la ministra del ramo anunciando, ufana, que el lunes, por hoy, está eso arreglado por decreto, instrumento jurídico insuficiente para disponer un tributo, aunque parezca dar igual.
Aprendimos, y lo sostenemos contra viento y marea, que lo nulo es nulo y ningún efecto produce. El mayor reproche de una norma es que sea nula: si lo es, lo es desde siempre, y no hay "situación consolidada" (tradúzcase: lo pagado, aunque no se debería haber cobrado, no lo devuelven ni a tiros) ni cualquier otra invención elaboradísima que valga para esquivar ese reproche. Es penoso comprobar que el embudo es anchísimo para la administración faltona y estrechísimo para el ciudadano medio. Una vez más.
Presagio que otros tribunales señalarán el error y lo corregirán, como pasó con las cláusulas suelo o el céntimo sanitario, pero, mientras, solo queda pelear (quien pueda, ese es el drama y es su fuerza) y esperar (todos, eso lo saben y no importa). Y si revuelcan de nuevo a nuestra justicia por el suelo por ahí fuera, que no se sienta vergüenza: nadie la siente por estirar la agonía, que sí que es nuestra.
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