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Positivo en el control de alcoholemia: ¿Cuándo es delito penal y cuándo falta administrativa?

  • Todos conocen lo riesgos de conducir al volante pero existe una gran incógnita sobre qué ocurre cuando se infringe la ley en el caso de dar positivo en un control de alcoholemia

Control de alcoholemia.

Control de alcoholemia. / Archivo

Entre los españoles es habitual salir e ingerir algo de alcohol, ya sea una cerveza, una copa de vino o un licor. Esto se acentúan aún más en épocas como la Navidad, donde las salidas en grupo hacen que el consumo se acentúe y lleguen los problemas a la hora de coger el coche para volver a casa. Hay que tener en cuenta que el alcohol aporta una falsa confianza que hace que el conductor piense que está en plenas facultades pero realmente, sus reflejos y habilidades al volante se ven sumamente afectadas. Por ello, aunque puedas verte capacitado para conducir, lo ideal es pedir un taxi y recoger el coche al día siguiente y así evitar poner en peligro a nadie.

Hay un gran desconocimiento en cuanto a la exactitud de cuáles son los límites de alcohol en el organismo, que según sean las cantidades pueden dar lugar a una falta administrativa o incluso a un delito penal. La ley sobre los baremos de alcohol en sangre y en aire respirado cada vez es más restrictiva para así reducir al mínimo los accidentes por imprudencias de este tipo. Pero ¿en qué casos es una falta administrativa o un delito penal?

  • Para los conductores de turismos las tasas son de 0,5 gramos/litro en sangre y 0,25 miligramos/litro en aire respirado.

  • En el caso de tratarse de un profesional de la conducción como camioneros el límite en sangre desciende a los 0,3 gramos/litro y en aire respirado a los 0,15 miligramos/litro.

  • Los conductores noveles también deben dar una tasa menor de 0,3 gramos/litro en sangre y 0,15 miligramos/ litro en aire respirado.

Si se superan estas tasas en cualquiera de los tres casos se estaría produciendo una falta administrativa, pero la trascendencia penal de conducir bajo los efectos del alcohol se dará cuando:

  • La tasa de alcoholemia en aire respirado supere los 0,6 miligramos/litro.

  • La tasa de alcohol en sangre supere los 1,2 gramos/litro.

¿A qué sanciones me enfrento?

En el caso de conducir bajo los efectos del alcohol y que los agentes te den el alto en un control de alcoholemia las penas o sanciones dependen de la cantidad que se haya ingerido. El cómo afecte el alcohol a una persona depende de su peso y su altura, por ejemplo, un tercio de cerveza de 5º en un hombre de 70-90 kg puede dar una tasa de entre 0,21-0,28 en aire respirado; en el caso de una mujer de entre 50-70kg, puede dar entre 0,34 y 0,48, superando en ambos casos la tasa establecida. Por ello es importante que cuando se conduzca no se haya consumido nada.

Con respecto a las sanciones:

  • Si el resultado se encuentra entre 0,25 mg/l y 0,5 mg/l la sanción sería de 500€ y se retirarían 4 puntos de carnet. En caso de reincidencia se castigarán con 1000€ y la retirada de 6 puntos. Para los noveles y profesionales la tasa se encuentra entre 0,15 y 0,3.

  • En el caso de encontrarse entre 0,5 mg/l y 0,6 mg/l se castigaría con una sanción de 1000€ y la retirada de 6 puntos de carnet.

  • Si el resultado es superior a 0,6mg/l se convertiría en un delito penal y conllevaría de 3 a 6 meses de prisión o una multa de 6 a 12 meses, privándose al conductor del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores en un periodo de uno a cuatro años. Además, es posible que el condenado tenga que realizar trabajos en beneficio a la comunidad por un tiempo de 31 a 90 días.

Cuando hay que ponerse al volante hay que evitar consumir alcohol, ya que se pone en peligro la vida de los demás y la propia. En estas fechas lo ideal es recordar lo que te diría tu madre para así evitar cualquier tragedia.

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