Un cooperante secuestrado en Malí pide una indemnización al Estado

Albert Vilalta quiere ser reconocido como víctima del terrorismo por los 267 días de cautiverio que soportó aunque asegura que no haría "uso personal" del dinero

Albert Vilalta y su compañero Roque Pascual (dcha., tras Montilla), en Barcelona tras ser liberados.
Albert Vilalta y su compañero Roque Pascual (dcha., tras Montilla), en Barcelona tras ser liberados.
Agencias / Barcelona · Madrid

05 de noviembre 2010 - 05:05

El cooperante Albert Vilalta, que pasó 267 días secuestrado en el desierto de Malí, ha pedido ser reconocido como víctima del terrorismo, paso previo necesario para cobrar las indemnizaciones que fija la ley, según informó a Efe la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (Acvot).

Dicha organización ha asesorado a los tres cooperantes que fueron secuestrados por Al Qaeda hace un año, aunque de momento solamente el director general de Túneles del Cadí, Albert Vilalta, ha presentado la solicitud ante la dirección general de Atención a las Víctimas del Terrorismo, dependiente del Ministerio del Interior. Según la legislación actual, los ciudadanos españoles que sufren actos terroristas fuera de España sólo son considerados víctimas de terrorismo si la causa de la acción es la nacionalidad española del objetivo. En consecuencia, la dirección general de Atención a la Víctimas del Terrorismo solicitará al ministerio de Asuntos Exteriores un informe al respecto y responderá al interesado en el plazo máximo de un año.

Acvot aseguró en un comunicado que si Vilalta es reconocido como víctima del terrorismo y recibe una indemnización "no haría uso personal de la misma".

La nueva ley de reconocimiento y protección integral a las víctimas del terrorismo que se tramita en el Congreso facilitaría a los tres cooperantes españoles secuestrados en Mauritania por Al Qaeda la posibilidad de ser reconocidos como víctimas y cobrar indemnización por ello, que oscilaría entre los 14.400 euros y los 19.200.

La actual legislación establece tres requisitos para reconocer como víctima a quienes sufren atentados fuera de España. El primero de ellos es ser ciudadano español, seguido por la confirmación de que se trata de un acto terrorista y no otro tipo de ataque, como los que pueden perpetrar los piratas somalíes o grupos mafiosos.

El tercero de los requisitos es que el atentado se haya perpetrado contra intereses españoles. El ejemplo más claro de este supuesto es el atentado cometido en Casablanca en 2003 en la Casa de España, en el que fallecieron cuatro ciudadanos españoles.

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