España

El Supremo archiva el procedimiento contra la presidenta del TC por asesoramiento ilegal

  • El TS considera que Casas no cometió delito alguno al darle varios consejos a una imputada

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha archivado el procedimiento abierto contra la presidenta del Tribunal Constitucional, María Emilia Casas, en el que se investigaba si la magistrada incurrió en un delito de asesoramiento ilegal, penado con multa e inhabilitación, después de una conversación con una abogada sobre un proceso por el que luego la letrada sería encarcelada, acusada del asesinato de su marido.

En la conversación telefónica que Casas mantuvo con la abogada, la letrada relataba a la presidenta del TC que había pasado por un calvario judicial y que quería recuperar la custodia de su hija. Casas llamó a la abogada por mediación de una vecina amiga de la abogada y se interesó por si se le había pasado el plazo para presentar el recurso de amparo y le aconseja: "Siempre podrá provocar usted, su abogado lo sabe, alguna nueva actuación judicial que le permita llegar al TC en amparo".

La abogada reconoce que no recurrió en amparo por las extrañas circunstancias en las que apareció muerto su marido y que su familia política le culpa de ello. En ese momento, Casas trata de cortar la conversación y le da el teléfono de dos abogados especializados, despidiéndose con la frase: "Si alguna vez va en amparo, pues ya me vuelve a llamar". Posteriormente, la abogada sería procesada por el asesinato de su marido, dentro de un proceso que llevó la juez de Instrucción número 5 de Valdemoro (Madrid).

Dicha magistrada, que investigaba a la interlocutora de Casas en dicha conversación por un delito de asesinato, elevó una exposición razonada al Tribunal Supremo el pasado 26 de mayo por si de esta escucha podría derivarse alguna responsabilidad de la presidenta del Constituciona. Según la juez de Valdemoro, de la grabación se deducía que una persona que se identifica como la presidenta del TC "realiza aparentemente asesoramiento sobre la forma de interponer recurso de amparo ante el mencionado tribunal, del que aquella sería parte, de la doctrina del mismo sobre un determinado punto".

"No todo consejo emanado de una autoridad o funcionario público puede reputarse delictivo", señala el auto del Supremo, que fue deliberado y votado a primera hora de la tarde de ayer. "Sólo aquel que compromete la imparcialidad, que menoscaba el deber de exclusividad o que provoca una interferencia entre los intereses privados y los de naturaleza pública, puede ser objeto de persecución penal", añade el TS.

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