España

Expedientan a Garzón por un error que dejó libres a dos narcos

  • El juez rebasó el plazo legal para prorrogar la prisión preventiva y podría sufrir una amonestación o una multa

Respondiendo a la petición realizada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), la Sala de Gobierno de la Audiencia Nacional abrió ayer un expediente disciplinario al titular del Juzgado de Instrucción número 5, Baltasar Garzón, por una falta leve relacionada con la puesta en libertad de dos narcotraficantes turcos, Sahin Eren y Erden Vardar. El magistrado se vio forzado el pasado mes de julio a decretar la excarcelación de los dos presuntos narcos al pasarse dos días en el plazo legal para prorrogar la prisión preventiva.

Será el presidente de la Sección Séptima de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, José Luis López Muñiz, el magistrado más antiguo de esta Sala, quien instruirá el proceso sancionador abierto a Garzón a raíz del informe que elaboró el Servicio de Inspección del CGPJ tras una investigación que abrió a instancias de la denuncia que presentó el sindicato Manos Limpias contra el magistrado al enterarse de la puesta en libertad de los dos narcos.

La excarcelación de los dos imputados vino obligada al apercibirse el Juzgado Central de Instrucción número 5 de que, por error de unos pocos días, había caducado el plazo para prorrogar sus prisiones preventivas durante dos años más. La detención del grupo de traficantes se produjo en dos días diferentes (10 y 18 de julio), si bien en la carpetilla donde se archivaron las diligencias sólo se hizo constar la segunda fecha. En los autos de prisión, no obstante, sí que constaba la fecha correcta.

En el informe realizado sobre este asunto por el Servicio de Inspección del CGPJ se advierte de la exigencia al juez "de una especial diligencia en el control de los plazos de los sometidos a estas medidas cautelares que, si se infringe, debe conllevar una respuesta disciplinaria". Entendía el Inspector que, pese a que el error lo pudo cometer el funcionario que abrió la citada carpetilla, el magistrado debe realizar "un examen periódico de la causa y, sobre todo, de las piezas de situación personal para poder efectuar el control necesario de una medida tan restrictiva como es la de prisión".

En todo caso, el informe también recuerda como circunstancias atenuantes que el fiscal tampoco detectara el error y que no ha existido perjuicio alguno, al no haber tratado de huir ninguno de los dos imputados, que cumplen diligentemente con sus comparecencias periódicas de control en la Audiencia Nacional.

Además, en el momento de su excarcelación Garzón también les impuso la prohibición de abandonar el territorio nacional y la obligación de comunicar cualquier cambio de domicilio.

La sanción para Garzón puede ir desde una amonestación hasta una multa, cuya cuantía no podrá superar los 300 euros.

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