Los testigos de la muerte del cazador en Posadas vieron irregularidades

El acusado insiste en que dirigió su disparo a un jabalí que se encontraba en su campo de visión al pensar que la víctima estaba situada sobre un talud

Llegada del furgón de la Guardia Civil al Juzgado de Posadas con el acusado, en noviembre de 2006.
Llegada del furgón de la Guardia Civil al Juzgado de Posadas con el acusado, en noviembre de 2006.
Gema N. Jiménez

31 de mayo 2011 - 01:00

El Juzgado de lo Penal número uno de Córdoba celebró ayer la vista oral por la muerte de un cazador hace cuatro años en una montería celebrada en la finca Dehesa El Alcornocal, localizada en el término municipal de Posadas. La víctima era José Luis Pezzi, de 64 años, ex concejal del PP en el Ayuntamiento de Nerja y hermano del ex consejero de Educación Manuel Pezzi. Durante el juicio, el único acusado por los hechos señaló que el objetivo de su disparo era un jabalí situado en su campo de visión, mientras que los testigos aseguraron que el fatal incidente se cometió por la mala colocación de la víctima o por un disparo imprudente de su compañero.

El organizador de la batida insistió en que el acusado descargó su arma indebidamente, ya que "si las cosas se hacen bien no se tiene por qué cometer ninguna situación de peligro". Asimismo, reiteró que antes de la montería le facilitó a cada uno de los cazadores unas normas escritas "en las que se detallaban los pormenores para que no ocurriera nada". El encargado de colocar a cada montero en su puesto, por su parte, señaló que le tuvo que llamar la atención a la víctima antes del comienzo de la montería "ya que no estaba colocado en el talud, tal y como yo le indiqué", resaltó. Por ello, insistió en que José Luis Pezzi tuvo que obviar sus indicaciones "porque para que le pasara aquello se tuvo que situar en un lugar con más visión".

El único inculpado reiteró que no dudó en disparar desde su puesto a un jabalí que se encontraba en su campo de visión, ya que "estaba convencido de que el compañero que se encontraba en el puesto dos estaba encima de un talud, por lo que era imposible que le llegase el disparo".

El Ministerio Fiscal detalla en su calificación que los hechos tuvieron lugar entre las 11:00 y las 12:00 horas del 19 de noviembre, cuando el acusado "ante la vista, supuestamente, de un jabalí y debido a la omisión de las más elementales normas de cuidado y atención, efectuó un solo disparo hacia la trayectoria del puesto" donde estaba el cazador que luego resultó muerto. El resultado fue que la bala disparada por M. R. S. alcanzó al exconcejal popular, que por razones no precisadas se había separado unos tres metros del puesto que se le había asignado, resultando herido en el hemitórax izquierdo, provocándole "un shock hemorrágico secundario a traumatismo torácico, falleciendo en el acto".

A juicio del fiscal, los hechos constituyen un delito de homicidio imprudente, de los que debe responder el acusado en concepto de autor, sin que concurran circunstancias modificativas de responsabilidad criminal. De este modo, procede imponer al acusado la pena de dos años y seis meses de prisión y la privación del derecho a la tenencia de armas durante cuatro años.

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