Córdoba

Una sentencia da la razón a los joyeros cordobeses frente a Tous

  • La resolución declara nulo el registro de una pieza y acota la protección sobre otro diseño

Un momento de la comparecencia de Milagrosa Gómez y Magdalena Entrenas.

Un momento de la comparecencia de Milagrosa Gómez y Magdalena Entrenas. / barrionuevo

El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Barcelona ha dado la razón a la Asociación de Joyeros y Plateros de Córdoba San Eloy en el litigio que mantiene con Tous. El juzgado ha dictado una sentencia, que aún no es firme, en la que estima la demanda presentada por los empresarios cordobeses y declara que fue "indebidamente registrado" por parte de la firma catalana un el diseño industrial de un modelo de corazón "que en Córdoba llevamos más de 40 años fabricando", según defendió ayer la presidenta de la asociación, Milagrosa Gómez.

El colectivo cordobés pedía la nulidad del registro de esta pieza de joyería y además la del diseño de un modelo de margarita también registrado por Tous. Tal y como detalló la abogada Magdalena Entrenas, en el caso de la margarita el juez estima que las que fabrica la firma Tous no tienen nada que ver con el modelo registrado y, en cambio, sí que se parecen mucho a las fabricadas en Córdoba. Los registros de Tous impedían que los artesanos de la joyería cordobesa pudiesen elaborar ambos modelos y supusieron asimismo que la firma catalana demandara a profesionales del sector de Córdoba por fabricarlos.

La firma catalana intentó quedarse en exclusiva un corazón y una margarita

La demanda es de noviembre de 2015 y la sentencia es del 19 de abril de este año. La previsión de la asociación es que la firma Tous la recurra. "La empresa alega una serie de defectos de la sentencia y pide la aclaración de la misma", apuntó Entrenas. Si hay recurso por parte de Tous, "habría que ir a la Audiencia Provincial de Barcelona, que es la competente, e incluso quedaría abierta la posibilidad de un recurso de casación en el Tribunal Supremo; lo que está claro es que nosotros no la vamos a recurrir", explicó la abogada.

"Entendíamos que esos modelos carecían de novedad, ya que se venían realizando por nuestros joyeros hace ya décadas, como hemos podido demostrar con revistas de Joyacor de aquellos tiempos en los que ya estaban esos modelos; el registro atentaba contra los intereses de nuestro sector, ya que se nos acusaba de apropiación indebida de unos modelos que, como digo, llevábamos décadas fabricando", destacó Gómez. "El juez ha estimado que quien estaba actuando indebidamente era la empresa Tous", añadió la presidenta de la asociación de joyeros.

La abogada detalló que cuando la asociación planteó la demanda "teníamos claro que no sólo era reivindicar el buen trabajo de la joyería cordobesa, sino que también nos parecía que ese corazón y esa margarita deberían de ser patrimonio de todo el mundo, no sólo de la joyería cordobesa; son elementos que entendíamos que no tenían que estar registrados".

Entrenas puntualizó que, en el caso del corazón, el juez declara la nulidad "por falta de novedad, de manera que pide a la Oficina Española de Patentes y Marcas que cancele su inscripción, que realizó en el año 1995, y que se publique en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial". Y destacó que se desestima la petición de nulidad sobre el modelo de margarita, "porque el juez establece que sí existe novedad en el diseño, si bien la pieza fabricada no tiene nada que ver con el registrado", destacó la letrada. "Lo que no se puede es registrar una cosa, con unas formas tridimensionales y onduladas, y luego hacer una margarita plana como la que tenemos catalogada en Córdoba desde los años 80", sentenció Entrenas, quien destacó que "es la primera vez que se demanda a Tous para solicitar la nulidad de diseños".

Tous registró el diseño industrial del corazón en el año 1995 "y la flor aproximadamente en 2000", dijo la abogada. Entrenas detalló que los joyeros cordobeses que se han visto imputados por delitos contra la propiedad intelectual por la fabricación de piezas de corazones y margaritas podrían pedir indemnizaciones tras la sentencia que da la razón al colectivo y que posibilita que los artesanos cordobeses puedan ya fabricar el corazón y la tradicional margarita lisa.

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