Sanidad

El SAS deberá pagar 107.000 euros a una mujer de Córdoba a la que se tuvo que extirpar el útero tras una infección

  • La sentencia condena al Servicio Andaluz de Salud por los perjuicios sufridos por la paciente

Hospital Reina Sofía.

Hospital Reina Sofía. / Juan Ayala

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) tendrá que pagar 107.994 euros a una mujer a la que se tuvo que extirpar el útero tras una infección que sufrió durante el parto, que le fue realizado por cesárea.

Según ha informado a Efe el bufete sevillano López Nieto Abogados, la mujer, que vive junto a su marido entre las provincias de Sevilla y Córdoba, dio a luz en el Hospital Reina Sofía cordobés sin complicaciones aparentes tras la cesárea, aunque tuvo que ingresar días después por la infección que sufrió, sin quedar acreditado si se le administran correctamente los antibióticos que precisaba.

La sentencia inicial procedía de la sección primera del juzgado número 10 de Sevilla, y fue ratificada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), y se refiere a la infección de origen nosocomial -hospitalaria- sufrida por la mujer, al quedar acreditado que no se adoptaron las medidas adecuadas para mantener sus instalaciones “en las condiciones de asepsia exigibles y las medidas habituales de prevención”.

En este caso, constaba que se preparó la medicación necesaria de “profilaxis antibiótica”, aunque la misma no excluye el riesgo de infección, señalando el hecho de que, el que se adopten todas las medidas necesarias exigibles, “no garantiza que ésta no pueda producirse”.

En el proceso declararon tres testigos, todos facultativos, que no pudieron confirmar que la profilaxis antibiótica se realizase, mientras que un cuarto médico afirmó que en este caso también se hizo esa profilaxis “porque siempre se hace”, aunque “parece que se trata de un acto de fe, pues el testigo no aporta razón de conocimiento de la afirmación que sostiene”.

Con todo, solo consta que “la medicación necesaria”, y la infección que sufrió la mujer le provocó la extirpación del útero, además de que la cicatriz producida en la segunda operación no es la misma que en la cesárea, por lo que se acreditó también daño estético.

La sentencia condena al Servicio Andaluz de Salud al pago de 107.994 euros “por todos los perjuicios” sufridos, que se eleva a 10.000 más por las costas del proceso.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios