El riesgo empresarial de una explotación

Una explotación de naranjas en la Vega del Guadalquivir.
Una explotación de naranjas en la Vega del Guadalquivir.

Un beneficiario asume el riesgo empresarial de su explotación cuando es el titular de la explotación a la que pertenece la superficie declarada, con independencia del régimen de tenencia de la tierra, o de los animales por los que se solicita ayuda. Esta titularidad implica que el beneficiario debe disponer y ser titular de la documentación correspondiente al normal desarrollo de la actividad de su explotación establecida en la normativa específica sobre registros de explotaciones, tenencia de libros de registro, cuadernos de explotación, así como cualquier otra documentación. Igualmente, el beneficiario debe ser el que se haga cargo de los costes que conlleva la actividad que declara y, en su caso, es el que recibe los ingresos de la misma, debiendo conservar la documentación que lo acredite a disposición de la autoridad competente.

La comprobación de la regla del 20% del requisito de agricultor activo sólo se realizará para los beneficiarios que en el año anterior hayan recibido pagos directos por un importe superior a 1.250 euros. En el caso en el que el beneficiario no haya presentado una solicitud de pagos directos en el año anterior, el importe que se utilizará para comprobar si se supera o no el umbral de 1.250 euros será el resultado de multiplicar el número de hectáreas elegibles declaradas en el año de que se trate, por el valor nacional de los pagos directos por hectárea para el año anterior al de la solicitud.

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