Córdoba

Empleo autoriza seis solicitudes de menores para trabajar en espectáculos

  • El teatro, el mundo ecuestre y el canto son las actividades para las que se piden más permisos

Menores en un espectáculo ecuestre en la plaza de toros de Córdoba.

Menores en un espectáculo ecuestre en la plaza de toros de Córdoba. / Juan Ayala

Algunos niños en edad escolar están habituados a participar en actividades fuera del ámbito educativo que, en muchos casos, se pueden convertir, incluso, en un empleo. La legislación laboral española prohíbe la admisión al trabajo a menores de 16 años, aunque se contempla una excepción: la posibilidad de que estos menores puedan intervenir en determinados espectáculos públicos. Para poder contratarlos en este tipo de actividades, se necesita una autorización previa de la Autoridad Laboral que se gestiona a través de la Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo.

La concesión de autorizaciones laborales para menores de 16 años por parte de la Autoridad Laboral en Córdoba es calificada actualmente como “una cuestión residual” en cuanto al volumen de expedientes gestionados. No en vano, a lo largo de este año se han presentado y resuelto seis expedientes; la cifra acumulada en los últimos cinco años asciende a 46 expedientes.

La empresa contratante está obligada a hacer la solicitud con el permiso expreso de los padres o tutores del menor. La mayoría de las autorizaciones laborales de menores se solicitan para realizar actividades relacionadas con el mundo del espectáculo como canto, actuaciones en cine, teatro, participación en anuncios publicitarios, así como en espectáculos de carácter ecuestre, que suelen ser frecuentes en el espectáculo de las Caballerizas Reales y en la plaza de toros de Córdoba.

Los detalles de cada solicitud

En la solicitud de esta autorización, debe constar con precisión la hora de comienzo y de finalización del trabajo en cuestión y debe ser acompañada con documentación como el DNI del menor, si lo tuviese, y de los padres o tutores, libro de familia, autorización expresa de sus representantes legales, consentimiento del menor si tiene suficiente juicio para ello, una evaluación del riesgo que supone el puesto de trabajo y por supuesto, certificado de estudios o documento acreditativo de la escolarización del niño, así como un certificado médico si no se aporta con la evaluación de riesgos.

Una vez presentado el expediente, la Autoridad Laboral solicita la emisión del informe a la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social. La resolución que se dicte por la Autoridad Laboral, valorará la documentación que consta en el expediente, y entre esta el informe de la Inspección de Trabajo, y tendrá en consideración que la participación del menor no suponga peligro para su salud física ni para su formación escolar y humana, atendiendo a las condiciones de trabajo previstas, un aspecto en el que se hace especial énfasis.

Todo esto se realiza para la protección de los menores y en contra de situaciones como la explotación infantil y el abandono escolar. “Lo que buscamos siempre es resguardar al menor”, explica a el Día el delegado de Empleo, Ángel Herrador, quien agrega que “damos además una serie de recomendaciones para que no se ponga en peligro la vida de nadie”. En este sentido, con la solicitud se garantiza además la cobertura del menor a través de la seguridad social, como debe ocurrir con cualquier otro trabajador.

Si el menor proviene de fuera de Andalucía, la empresa contratante igualmente debe hacer la petición en la provincia donde se realizará la actividad. Esta solicitud, que de acuerdo con la página web de la Junta se puede hacer a través de internet o de manera presencial en un registro, se resuelve de acuerdo a los plazos generales de procedimientos administrativos, que pueden ir de diez a 15 días. “Aunque intentamos adaptarnos, si hay alguna solicitud que se deba generar de manera urgente, como ya ha pasado en el caso de los espectáculos ecuestres de las Caballerizas Reales”, detalla Herrador.

La remuneración a estos menores la administran sus padres o tutores y, en el caso de que no se cumpla con la solicitud, puede acarrear una infracción por la inspección de trabajo, que puede ser una sanción mucho más grave si el menor llegara a sufrir algún daño físico durante la realización de la actividad.

Así, el llamamiento de las autoridades es a hacer valer los derechos de los niños que se involucran en este tipo de actividades que, además, les permite desarrollar otros talentos con los que podrán afrontar su futura vida laboral.

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