Una nueva normativa protege a los animales en el momento del sacrificio
El Gobierno ha aprobado un real decreto por el que se regulan aspectos relativos a la protección de los animales en el momento de la matanza. De esta forma, se incluyen en la normativa las disposiciones del reglamento comunitario sobre protección de los animales en ese momento del sacrificio, de aplicación desde el 1 de enero de 2013, para los criados o mantenidos en explotaciones ganaderas con vistas a la producción de alimentos, lana, cuero, piel u otros productos. El nuevo real decreto contempla también importantes aspectos que incidirán en la mejora del bienestar de los animales en el momento de su sacrificio.
Se establece para ello la regulación de la formación del personal que realiza las operaciones de sacrificio de los animales en los mataderos, como elemento esencial para alcanzar el objetivo de que las operaciones de matanza se realicen sin causar a los animales dolor, angustia o sufrimiento evitables.
En este sentido, en la norma se determina el procedimiento para la organización de los cursos y la emisión del certificado de competencia, así como lo relativo al reconocimiento de la experiencia profesional.
También se fijan normas para la comercialización en España de equipamientos y aparatos destinados a las operaciones de matanza, con el fin de asegurar que éstos cumplen con los requisitos de la legislación comunitaria, y que los operarios que van a utilizarlos conocen perfectamente su funcionamiento.
Para la matanza para consumo doméstico privado, el real decreto establece la vía para que las autoridades competentes puedan realizar controles oficiales sobre las mismas.
Asimismo, contempla también el régimen de infracciones y sanciones aplicable, que es el establecido en la Ley de 2007 para el cuidado de los animales en su explotación, transporte, experimentación y sacrificio.
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