De 80 a 1.000 euros: estas son las multas para los patinetes eléctricos en Córdoba

Seguridad vial

Conducir de forma negligente o utilizando el móvil será sancionado con 200 euros

Perros y gatos sin identificar y sin historia: la realidad del abandono animal en Córdoba

Patinetes eléctricos en Córdoba
Patinetes eléctricos en Córdoba / Miguel Ángel Salas

Córdoba/La Policía Local, en el marco de la campaña para aumentar el control sobre la circulación de los patinetes eléctricos en los meses de verano, ha compartido las cuantías a las que ascenderán las multas interpuestas por un mal uso de este tipo de vehículo o cualquier infracción que atente contra la seguridad vial, suponiendo así un peligro tanto para los propios conductores como para el resto de viandantes. Las cifras van desde los 80 a los 1.000 euros según la gravedad de la falta cometida.

Debido a las elevadas cifras de accidentes producidos por estos medios de transporte en Córdoba en los últimos meses, no ha quedado más remedio que aumentar la dureza de las sanciones para intentar así sensibilizar y concienciar sobre el buen uso de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Por otro lado, la obligatoriedad del Seguro de Responsabilidad Civil y el uso obligatorio del casco está pendiente de reglamentación

La lista de infracciones posibles y sus sanciones es la siguiente:

  • Comportarse indebidamente en la circulación (80 euros)
  • Transportar en el vehículo un número de personas superior al de plazas autorizadas sin superar el 50% más, excluido el conductor. * Específica para VMP (80 euros)
  • No obedecer una señal de entrada prohibida a toda clase de vehículos (80 euros)
  • Circular con una bicicleta o vehículo de movilidad personal por vía peatonal sin cumplir las condiciones. Según Codificado DGT Art. 121.5.5B RGC (80 euros)
  • Conducir de forma negligente (200 euros)
  • Conducir sin la diligencia, precaución y no distracción necesarias para evitar todo daño propio o ajeno. Conducir de noche o con poca visibilidad sin alumbrado ni prendas o elementos reflectantes. (200 euros)
  • Conducir utilizando cascos o auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido (200 euros)
  • Conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil u otro sistema de comunicación (200 euros)
  • Utilizar, sujetándolo con la mano, un dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce (200 euros)
  • Utilizar manteniendo ajustado entre el casco y la cabeza del usuario, un dispositivo de telefonía móvil mientras se conduce (200 euros)
  • No respetar las órdenes de los agentes que regulan la circulación (200 euros)
  • No respetar el conductor de un vehículo la luz roja no intermitente de un semáforo (200 euros)
  • Circular con un vehículo que carece de la correspondiente autorización administrativa (500 euros)
  • Conducir vehículo que no precisa licencia-permiso con tasa de alcohol mayor a 0,25 hasta 0,50 mg/I aire espirado (500 euros)
  • Conducir un menor de edad vehículo con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,0 mg/I (500 euros)
  • Conducir de forma temeraria (500 euros)
  • No someterse a las pruebas de detección de alcohol el conductor de un vehículo, estando obligado a ello (1.000 euros)
  • Circular con vehículo reseñado con presencia de drogas en el organismo (1.000 euros)
  • No someterse a las pruebas de detección de la posible presencia de drogas en el organismo (1.000 euros)
stats