El jurado considera culpable a la joven acusada del crimen de Lucena
El tribunal reconoce que la procesada se arrepintió y que su bajo coeficiente intelectual, del 71%, limitaba parcialmente su capacidad de entendimiento
El jurado popular consideró ayer culpable de asesinato a S. B. V., la joven de 19 años que en octubre del año pasado planeó junto a otros tres menores la muerte de un indigente en Lucena. Los hechos comenzaron en la tarde del 17 de octubre de 2007, cuando la víctima -un indigente de 49 años con síndrome de Diógenes y problemas de alcoholismo- se encontraba en el parque Paseo de Rojas en compañía de su compañero de vivienda. En el lugar también se encontraba la acusada junto con los otros menores, uno de ellos primo suyo.
En un momento determinado, los jóvenes comenzaron a discutir con la víctima, quien le había dicho a la procesada "que se cagaba en sus muertos", lo que enfadó mucho a la chica porque hacía un mes que había fallecido su madre. El jurado popular consideró probado que, ante tales expresiones, la acusada decidió que tenía que darle muerte y, guiada por el ánimo de atentar contra su integridad, le propinó un guantazo en la cara. Los menores -que ya han sido condenados a cinco años- también comenzaron a agredir y burlarse de la víctima, mientras uno de ellos grababa la agresión con un móvil.
Tras lo sucedido, S. B. V. quedó con la amigos para que a la mañana siguiente, sobre las 08:00, en lugar de ir a clase fueran a la casa del hombre. Así, ese día y a esa hora, los tres menores llegaron al domicilio de la encartada y se pusieron de acuerdo para acabar con la vida del hombre. Decidieron, además, que la forma de acabar con su vida sería quemándolo con disolvente, un material que les proporcionó la joven. Así, sobre las 10:30, mientras uno de los menores permanecía en la puerta vigilando, los otros dos entraron y, aprovechando que el hombre estaba solo, rociaron el disolvente sobre su cuerpo y con un mechero le prendieron fuego, al tiempo que grababan lo sucedido con un teléfono móvil.
Los menores salieron corriendo de la casa, se dirigieron al domicilio de S. B. V. -que cuidaba a un sobrino de pocos meses- y le dijeron que ya habían actuado. A continuación, le enseñaron la grabación. La joven relató durante el juicio cómo reaccionó al ver el vídeo: "Los vi nerviosos y creí que se habían peleado. Me dijeron que habían matado a ese hombre y los eché de mi casa. En el móvil vi cómo le echaban el disolvente, desde los pies a las manos. Les dije que lo borraran porque se iban a meter en un lío muy grande".
El tribunal popular, de esta manera, ratificó la tesis propuesta por la Fiscalía Provincial de Córdoba durante la vista oral, en el sentido de que, sin la joven, el crimen no habría sido posible. El jurado, no obstante, reconoció dos circunstancias que supondrán una disminución de la pena de cárcel: el arrepentimiento mostrado por la procesada y su bajo coeficiente intelectual -del 71%-, lo que limitaba parcialmente sus facultades intelectivas y volitivas.
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