Condenado a un año y tres meses de cárcel por abuso sexual sobre la hija de 13 años de su pareja

Tribunales

El encartado tocó los pechos de la menor y dejó un billete de 50 euros en el interior del sujetador

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Sede del TSJA en Granada. / E. P.
E. P.

Córdoba, 26 de enero 2026 - 15:19

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba que condena a un año y tres meses de prisión a un hombre por un delito de abuso sexual, otro de resistencia a agentes de la autoridad y dos delitos leves de lesiones, supuestamente cometido el primero sobre la hija menor de su pareja, de unos 13 años, y los otros sobre guardias civiles en el cuartel de una localidad cordobesa tras ser detenido.

La única salvedad es la sustitución de una pena de tres meses de cárcel que se le impuso por el delito de resistencia por seis meses de multa con cuota diaria de seis euros, un total de 1.080 euros, según se recoge en la resolución del Alto Tribunal andaluz, que ha estimado en parte el recurso de apelación interpuesto por el acusado en el citado sentido. Cabe interponer recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

En concreto, se da por probado que la relación, desde su inicio a finales del año 2020, y, al menos, durante todo el año 2021, era "bastante compleja, ya que la joven no aceptaba de buen grado la nueva relación de su madre ni la convivencia con él, estimando que la actitud hacia ella de éste era demasiado cariñosa para intentar ganársela, insistiendo en solicitudes para que lo abrazara y con acercamientos que a la joven no le gustaban, llegando, incluso, a darle dinero, en diversas ocasiones con intención de que la relación mejorara".

"Estas situaciones se prolongaron en el tiempo a pesar de que la joven manifestó a su madre que no le gustaban y que no quería recibir dinero de él", se añade. Sin embargo, "el acusado, a pesar de ser consciente de la problemática existente, siguió manteniendo la misma actitud".

El día 8 de noviembre de 2021, la menor volvió del colegio y se metió en su dormitorio, sin que en casa hubiera más personas porque su madre estaba trabajando. Pasados unos minutos el procesado accedió a la habitación en que se encontraba la menor comenzando a hablar con la joven, "intentando, como en otras ocasiones, ganarse su confianza, acercándose a ella e intentando contacto con la misma que ella le negaba hasta que, en un momento indeterminado, se acercó a la misma metiéndole la mano por debajo de la sudadera y de la camiseta térmica que vestía llegando hasta los senos de la niña, que tocó, depositando un billete de 50 euros, en la parte interior del sujetador", según se relata.

Al respecto, en el fallo se apunta que "inmediatamente, tras realizar el referido tocamiento y dejar el dinero, el acusado se separó de la menor ante su reacción de oposición por lo ocurrido". En ese momento, él le dijo que "le devolviera el dinero o le diera un abrazo, y, como la joven, por los nervios, no encontraba el billete, le dio un abrazo y se marchó a casa de su amiga, a quien contó los hechos, como también los narró, de forma casi inmediata, a su madre que interpuso la correspondiente denuncia".

La denuncia referida determinó la detención del acusado en la mañana del siguiente día 9 de noviembre, siendo conducido el hombre a dependencias del puesto de la Guardia Civil, donde "comenzó a dar golpes, patadas y puñetazos en la puerta de la celda, llegando a causarse lesiones en las manos".

Ante ello los agentes, "de servicio y debidamente uniformados, dieron aviso a un equipo médico que se desplazó hasta las dependencias policiales y atendió al detenido que presentaba heridas en las manos, verborrea, nerviosismo y agitación". "Al marcharse los sanitarios se le indicó que debía de ingresar de nuevo en la celda a lo que él se opuso de forma violenta, forcejeando y lanzando golpes a los agentes que intentaban reducirlo, que fueron hasta cinco, debiendo emplearse a fondo los mismos para lograr que cesara en su actitud, lo que al fin consiguieron", según se indica en la sentencia.

En este caso, un agente resultó levemente lesionado, "precisando sólo una asistencia médica para su curación, a los tres días de perjuicio personal básico, no constando que haya renunciado a la indemnización correspondiente"; mientras que otro agente también resultó lesionado con contusión y erosión en región temporal izquierda, eritema en cara lateral izquierda de cuello y erosión en mano izquierda, "requiriendo para su curación de la primera asistencia médica y sanando con tres días de perjuicio personal básico y sin secuelas".

Además de las penas de cárcel y multa ya citadas, el procesado ha sido condenado a multa de 480 euros, orden de alejamiento de la víctima por tiempo de cuatro años y que indemnice a la menor en la cantidad de 600 euros y al agente de la Guardia Civil afectado en 90 euros.

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