La concertada critica la falta de aulas para la diversificación curricular
CECE denuncia que la orden de conciertos no regula los planes de iniciación profesional
La Asociación de Centro de Enseñanza Libre de Córdoba (CECE) no está de acuerdo en la nueva orden de incentivos aprobada por la Consejería de Educación, ya que no ampara situaciones como la diversificación curricular ante la falta de unidades para impartirla.
Fuentes de CECE explicaron que la citada orden, que afecta a todos los centros privados concertados actuales o a aquellos que quiera acoger a este régimen o ampliar su concierto a otros niveles el próximo curso escolar, "no ampara las diversificaciones curriculares. Criticaron que la Consejería de Educación no haya concertado más unidades "para el nivel donde se desarrolle la diversificación", si bien confiaron en que la Junta tenga en cuenta esta situación en sus centros, en los que también hacen falta más profesionales.
La patronal, que engloba a centros de titularidad religiosa, seglar, cooperativas y sociedades escolares, criticó también el hecho de que el área que dirige Teresa Jiménez tampoco haya tenido en cuenta la concertación de los programas de iniciación profesional -antiguos Programas de Garantía Social (PGS)- en los centros que quieran impartirlos el próximo curso. Así, explicaron que Educación sólo contempla estos acuerdos para los centros que ya cuentan con PGS concertados.
Otra de las críticas que realizó CECE fue sobre el hecho de que la Consejería de Educación no vaya a renovar los conciertos de aquellos colegios que mantengan la separación de niños y niñas en sus aulas, un hecho que a su juicio no se pueden llevar a cabo "sin existir un previo expediente administrativo". En el caso de Córdoba, los centros afectados son tres: el Zalima -al que sólo acuden niñas, aunque en el colegio también se pueden matricular niños-, en la capital, y Torrealba, en Almodóvar del Río, y Yucatal, en Posadas. La orden -publicada el 5 de enero en el Boletín Oficial de la Junta- hace referencia a la Ley Orgánica 2/2009, del 3 de mayo; uno de los artículos de esta norma detalla que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión o cualquier otra circunstancia personal o social".
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