El Supremo avala que la educación segregada pueda no ser concertada

El tribunal asegura que la enseñanza diferenciada "no es contraria a la legislación vigente"

Interior de un colegio de Primaria.
Interior de un colegio de Primaria.
L. Chaparro

19 de enero 2013 - 01:00

El Tribunal Supremo tiene claro y ha dejado constancia, otra vez, que los colegios que ofertan educación diferenciada por sexos no pueden recibir fondos públicos. Se trata de una resolución a la que ha tenido acceso El Día y que afecta a los tres colegios de la provincia de Córdoba que imparten enseñanza diferenciada: Zalima -en la capital-, Yucatal -en Posadas- y Torrealba -en Almodóvar del Río. La sentencia llega después de que la Confederación Española de Centros de Enseñanza (CECE) recurriera, en primer lugar, al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la decisión de la Junta de renovar el concierto a estos tres centros sólo para el curso 2009-2010 y que condicionara su extensión a otros tres años al cumplimiento de que la escolarización de alumnos fuera para ambos sexos a partir del curso 2010-2011. Un recurso que ganó la patronal de colegios concertados obligó a la Junta a tener que aprobar el concierto durante cuatro años. Sin embargo, la Administración autonómica recurrió ante el Tribunal Supremo, que ahora ha dictado sentencia. En uno de los fundamentos de derecho de la citada resolución, el Supremo asegura que "la enseñanza separada por sexos no es contraria a la legislación vigente" y reconoce también que "cuestión distinta es que tal actividad pueda ser objeto de concertación con fondos públicos".

La sentencia -que afecta a una decena de centros de Andalucía- es similar a la ya dictada por el Supremo en un colegio de Cantabria, si bien aporta como novedad que el modelo pedagógico que imparten estos colegios es constitucional y a su a criterio es el legislador el que impide su sostenimiento con fondos públicos, en este caso, la Junta de Andalucía. En la sentencia de Cantabria -y en la que se vuelve a apoyar en el caso de los colegios andaluces-, el Supremo recoge que en la ley orgánica de Educación de 2006 -aprobada por el Gobierno central del PSOE-, "si bien se reconoce la legitimidad del sistema docente de educación diferenciada por sexos, se excluye a esos centros de la posibilidad de concertar con la Administración competente su sostenimiento con fondos públicos".

Ante esta situación, los tres colegios cordobeses confían en la entrada en vigor de la nueva Ley de Educación del Gobierno central, que sí admite la concertación de su modelo educativo -es decir que reciban ayuda pública para su funcionamiento-, a pesar de que la Junta de Andalucía ya ha anunciado que retirará su apoyo económico a menos que cambien de modelo educativo.

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