El Juzgado admite el recurso contra la adjudicación de Pérez Giménez
El juez había fijado el próximo viernes como límite para la firma de las escrituras de venta
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba ha admitido a trámite el recurso de reposición interpuesto el pasado julio por la sociedad rusa Krasfarma contra el auto del propio juzgado mediante el que adjudicó Laboratorios Pérez Giménez a la sociedad libia Pharmex, a la que había fijado como límite para la firma de las escrituras de compraventa de la farmacéutica cordobesa este próximo viernes. No obstante, la admisión del recurso de Krasfarma y la posibilidad de que las partes se pronuncien ahora sobre el mismo podría influir en ello. De hecho, en la resolución del Juzgado de lo Mercantil, se acuerda "conceder a las demás partes personadas un plazo común de cinco días para impugnar" la admisión del recurso de Krasfarma, "si lo estiman conveniente".
A ello se suma, según recoge la misma resolución judicial, que el pasado julio también presentaron recurso de reposición contra la adjudicación de Pérez Giménez a Pharmex los sindicalistas Pilar Relaño (CTA) y José Ruiz (UGT), en representación de los extrabajadores de la farmacéutica, al entender que con dicha adjudicación no se garantiza la contratación de los antiguos empleados de Pérez Giménez. Sin embargo, el juzgado entiende preciso, "con carácter previo a admitir el recurso" de los sindicalistas, el "requerir al recurrente" para que acredite "haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros". Por último, el Juzgado de lo Mercantil aclara que el modo de impugnación de su acuerdo deberá llevarse a cabo "mediante recurso de reposición", en el plazo de "cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación". Ello excede la fecha límite del próximo viernes fijada por el Juzgado para la firma de las escrituras de compraventa de la farmacéutica por Pharmex.
La compañía rusa Krasfarma, que ya había optado a ser adjudicataria en otra puja, anunció inmediatamente después de la adjudicación que recurriría la decisión del Juzgado debido a "la deficiente valoración realizada por la administración concursal de las ofertas presentadas". Según Krasfarma, los acreedores no iniciaron los protocolos legalmente establecidos por la Ley de prevención de blanqueo de capitales y financiación de terrorismo. Esta norma obliga a suspender cualquier tipo de negocio cuando "se inicien relaciones comerciales con jurisdicciones fuera del país de residencia, como es el caso de Pharmex , cuyo domicilio social está en Suiza". Otro de los motivos de la aplicación de esta ley es, a juicio de la empresa rusa, la relación comercial existente con personas de riesgo, como se considera al administrador de Pharmex, Philippe Louis Germain Brelle, quien, según Krasfarma, está vinculado al caso de los Papeles de Panamá. Krasfarma afirmó también que la administración concursal otorgó puntuación a la firma libia por un plan de negocio que "no presentó". La empresa rusa insistió asimismo en que la administración de Pérez Giménez varió las reglas establecidas por las que se imponía contratar a antiguos empleados de los laboratorios.
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