Córdoba

Hacienda devuelve a la UCO ocho millones del IVA de la investigación

  • La Universidad había cifrado el montante económico en más de 9,1 millones

Alumnos de la UCO en uno de los pasillos de la Facultad de Ciencias de la Educación.

Alumnos de la UCO en uno de los pasillos de la Facultad de Ciencias de la Educación. / juan ayala

El Ministerio de Hacienda ha devuelto a la Universidad de Córdoba (UCO) casi ocho millones de euros correspondiente a la devolución del IVA por los bienes y servicios pagados por su actividad investigadora. La cartera que dirige Cristóbal Montoro exime del pago del IVA a las compras que se destinen a la investigación aplicada, mientras que exige el pago del impuesto a los bienes destinados a la investigación básica -que no suele acabar en transferencia- y la docencia. Sin embargo, algunas universidades discrepan de esta interpretación. Algunas ya han ganado por la vía judicial -es el caso de Salamanca, Vigo, Santiago y León- la reclamación del 100% del IVA en la adquisición de bienes para la investigación básica.

La UCO, según fuentes de la institución académica, no ha acudido a la vía judicial, sino que en lugar de reclamar e ir a los tribunales "ha negociado con el Ministerio de Hacienda". No obstante, la cantidad recuperada no es la que calculada por la Universidad y que corresponde a los ejercicios de 2013, 2014 y 2015, ya que se elevaba hasta los 9,1 millones de euros. Las mismas fuentes reconocieron que optar por la negociación de manera directa con el Ministerio de Hacienda "ha resultado beneficiosa", en lugar de acudir a los tribunales. No obstante, indicaron también que confían en que "fruto de esa negociación, el tema pueda llegar al Parlamento". Por el momento, hay una enmienda parlamentaria a la ley de contratos menores para que la ciencia sea considerada como actividad económica y de interés general y con efectos retroactivos.

Algunas universidades han acudido a los tribunales para exigir la devolución del dinero

La ley fija que las compras que las universidades realizan para la docencia no tienen derecho a devolución del IVA. La controversia se centra en las adquisiciones para investigación. Aquí se distingue entre investigación aplicada, que supone la realización de trabajos encargados por particulares y se financia con contraprestaciones de quienes encomiendan el proyecto, e investigación básica, que son trabajos teóricos emprendidos para obtener nuevos conocimientos sin una aplicación concreta inmediata y que suelen estar cubiertos con fondos de la propia universidad o ayudas públicas. Sobre la primera, la investigación aplicada, no hay duda sobre el derecho a la recuperación del 100% del IVA. Sin embargo, la Agencia Tributaria separa los gastos que las universidades han hecho para sus actividades de investigación básica, pues considera que es coincidente con la actividad docente, exenta de la devolución del impuesto.

Cada año el Ministerio de Hacienda revisa los bienes y servicios adquiridos para separar entre lo que tiene derecho o no a la devolución del IVA dependiendo de si se puede considerar investigación aplicada o básica, pero las últimas sentencias del Tribunal Supremo ponen en cuestión este criterio. En el pleito mantenido por la Universidad de Salamanca por el derecho a la deducción de IVA en la actividad de investigación básica, el alto tribunal le da la razón a la institución de enseñanza superior y confirma que no se puede establecer una vinculación automática entre esta actividad y la enseñanza.

A partir de 2015 Hacienda ha abierto inspecciones del IVA de forma más generaliza a entidades de I+D, con retroactividad y una prescripción fiscal de cuatro años.

Recientemente, más de 40 centros y unidades de investigación españoles pidieron que se considere la investigación como actividad económica y de interés general, cuyas subvenciones no deben repercutir IVA, asunto que, según ya explicó la secretaria de Estado de I+D+i, Carmen Vela, está "razonablemente orientado". Lo que reclaman estos centros y unidades -25 Severo Ochoa y 16 María de Maeztu- es que no se cuestione la deducibilidad del 100% del IVA soportado, vinculado a la compra de bienes y servicios para la investigación -por ejemplo, material de laboratorio-. Para solucionarlo hay un grupo de trabajo con el Ministerio de Hacienda, desde donde hay "una enorme sensibilidad y no solo buenas palabras", según Vela.

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