Córdoba

Emergia acuerda un ERTE con los sindicatos que afectará a 178 trabajadores en Córdoba

  • La empresa de 'call-center' emplea en Córdoba a casi un millar de personas, por lo que aproximadamente el 20% de sus empleados se verán afectados por la medida

Entrada al edificio de Emergia en Córdoba.

Entrada al edificio de Emergia en Córdoba. / El Día

Los sindicatos y Emergia, empresa del sector call-center que da empleo a casi un millar de personas en Córdoba, han firmado un Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que afectará a 649 trabajadores y trabajadoras en toda España, frente a los 990 que la compañía pretendía en un primer momento. En Córdoba, serán 178 los trabajadores afectados.

"Con este acuerdo podremos afrontar la situación de crisis en la que nos encontramos con garantías para el empleo y con un menor impacto económico para la plantilla", ha señalado el secretario General del Sindicato Provincial de Servicios de CCOO de Córdoba, Manuel Casado, quien incide en que "es mejor firmar un ERTE que la empresa imponga sus condiciones unilateralmente, con lo que los trabajadores y trabajadoras afectados no tendrían compensación económica alguna".

El acuerdo, firmado también por UGT y SAT, se extenderá mientras dure el estado de alama más tres meses, con un máximo de seis meses de duración, y frente a la intención de la empresa de que afectara según la productividad y/o desempeño de cada persona finalmente la afectación será voluntaria protegiendo al personal de especial vulnerabilidad.

El ERTE contempla un compensación del 20% del salario el primer mes y del 30% a partir del segundo mes para salarios por debajo de 1.282 euros brutos. Asimismo, establece una compensación del 20% de la prestación el primer mes y del 30% a partir del segundo mes para los salarios superiores a los 1.282 euros brutos.

También incluye la posibilidad de solicitar una anticipo del 50% de la nómina con un máximo de 500 euros durante el primer mes y del 25% los siguientes. Además, se generan vacaciones y paga extra durante la suspensión del contrato, periodo que se tendrá en cuenta a efectos de antigüedad. Al finalizar el estado de alarma, las personas que sigan en suspensión pero no tengan derecho a prestación por desempleo tendrán preferencia para incorporarse al trabajo.

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