Córdoba deberá pagar 3,7 millones al año por el nuevo impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero
Economía
El Ayuntamiento está obligado a adaptar en un plazo de tres años una ordenanza para regular el cobro
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El pasado 1 de enero entró en vigor el nuevo impuesto sobre el depósito de residuos en vertedero. El Ayuntamiento de Córdoba ha cifrado en 3,7 millones de euros al año lo que tendrá que abonar la ciudad por el mismo. El Gobierno ha cedido su recaudación a las comunidades autónomas.
En abril de 2022 se aprobó la nueva ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular (Ley 7/2022 de 8 de abril) que supone la creación de dos nuevos impuestos: uno que grava el depósito de residuos en vertederos y otro sobre los envases de plástico de un solo uso. Pero, ¿para qué sirve el impuesto de residuos?
Según destaca el Gobierno en la nueva normativa: "El primer objetivo de cualquier política en materia de residuos debe ser reducir al mínimo los efectos negativos de la generación y gestión de los residuos en la salud humana y el medio ambiente. Asimismo y en consonancia con los principios que rigen la economía circular, dicha política debe tener también por objeto hacer un uso eficiente de los recursos, con una apuesta estratégica decidida del conjunto de las administraciones públicas, así como la implicación y compromiso del conjunto de los agentes económicos y sociales".
Ante este nuevo impuesto sobre el depósito de residuos es vertedero, el edil de Hacienda del Ayuntamiento de Córdoba, Salvador Fuentes, ha recordado que los grupos municipales del Consistorio ya aprobaron hace unos meses en Pleno una moción "que recogía el sentir de la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP), por la que se le pedía al Gobierno, entre otras cosas, que compensara económicamente a las entidades locales por la aplicación de este impuesto hasta que se produzcan las adaptaciones normativas de la ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular".
Fuentes ha explicado que esta ley obliga a que los ayuntamientos gestores de vertederos satisfagan el impuesto al Estado desde el 1 de enero de 2023, en tanto que disponen de un periodo de tres años desde la entrada en vigor de la ley (10 de abril de 2022) para la adaptación de ordenanzas y, en concreto para, según el artículo 11.3 de la ley establecer una tasa o, en su caso, una prestación patrimonial de carácter público no tributaria, específica, diferenciada y no deficitaria, que permita implantar sistemas de pago por generación y que refleje el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, incluidos la vigilancia de estas operaciones y el mantenimiento y vigilancia posterior al cierre de los vertederos, las campañas de concienciación y comunicación, así como los ingresos derivados de la aplicación de la responsabilidad ampliada del productor, de la venta de materiales y de energía.
También ha destacado que este desfase provocará un déficit municipal "pues los ayuntamientos abonarán un impuesto que, hasta la adaptación de las ordenanzas e imposición de la prestación e inclusión del coste del impuesto en la cuota tributaria a satisfacer por los ciudadanos, no podrá repercutir". Además, los ayuntamientos se verán obligados a abonar un impuesto en tanto que los ciudadanos no soportarán el coste de este, hasta tanto no se produzca la adaptación de las ordenanzas, por lo que el principio de que "quien contamina paga" que preside la ley, no se verá cumplido
"Por otro lado, todas las previsiones contenidas en la Ley de Residuos, obligatorias para los gestores de residuos, necesitarán un periodo de adaptación para que se puedan cumplir en su integridad los objetivos previstos en la citada ley", ha concluido.
Objetivo 12 de la Agenda 2030
Ecologistas en Acción ha recordado, por otra parte, que el objetivo 12 de la Agenda 2030 (producción y consumo sostenibles) y la lucha contra el cambio climático requieren de los ayuntamientos que pongan en práctica la economía circular. "Esto supone un profundo cambio de toda la gestión municipal para incorporar las nuevas obligaciones", sentencia el colectivo.
Entre esas obligaciones está la de la recogida separada de la materia orgánica biodegradable de las basuras (biorresiduos), bien mediante el sistema puerta a puerta o mediante un quinto contenedor con llave. El mantillo obtenido debe ser de buena calidad y ya no se permite la “estabilización”, con la que se obtiene un producto pésimo y no comercializable.
También la de crear una tasa diferenciada específica para los residuos, que debería depender de la cantidad generada: que la ciudadanía pague en función de la cantidad que tire. Ello implica elaborar nuevas ordenanzas fiscales para que la tasa cubra todos los costes de gestión.
El pago de un nuevo impuesto: 40 euros por tonelada llevada a vertedero y 20 euros por tonelada incinerada de residuos no aprovechados, de forma que la eliminación de los residuos alcance precios disuasorios.
Así como aprobar programas de gestión de residuos y adaptar todos los contratos de prestación de servicios a la nueva normativa. Los municipios también deberán fijar un calendario para la implantación de nuevas recogidas separadas, aparte de los biorresiduos: textiles, aceites de cocina usados, residuos domésticos peligrosos y residuos voluminosos. Llevar los residuos sin tratamiento previo al vertedero queda completamente prohibido
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