Córdoba

El Consejo Consultivo cree que la cesión de la parcela para la Ciudad Deportiva "incurre en vicio de nulidad"

  • No admite a trámite la solicitud de dictamen del Ayuntamiento por no ser "el cauce adecuado" la vía de la Consulta Facultativa.

El Consejo Consultivo de Andalucía considera que el acuerdo del Ayuntamiento de Córdoba en la concesión "gratuita" a la Fundación del Córdoba Club de Fútbol de la parcela del Parque del Canal para la construcción de la Ciudad Deportiva "incurre en vicio de nulidad, por ser contrario al ordenamiento jurídico". Así lo expone el Consejo Consultivo en una nota, en la que informa de que ha declarado la no admisión a trámite de la solicitud de dictamen formulada por el Ayuntamiento de Córdoba sobre la cesión de dicha parcela por "no ser el cauce adecuado" plantearlo por la vía de la Consulta Facultativa, aunque realiza la citada puntualización.

Según detalla, el 1 de septiembre de 2015 entró en el Consejo Consultivo la solicitud de dictamen facultativo formulada por el Ayuntamiento, sobre el cambio de uso previsto en el Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Córdoba de los terrenos de dominio público municipal integrantes de un sistema de espacios libres de parques y jardines que se pretende convertir en equipamiento deportivo.

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Córdoba acordó solicitar el parecer del Consejo sobre "si se puede cambiar el uso previsto en el PGOU de Córdoba de unos terrenos de dominio público municipal integrantes de un Sistema de Espacios de Parques y Jardines a Equipamiento Deportivo, sin llevarse a cabo una innovación-modificación del PGOU".

A tal efecto, se remitió el escrito de solicitud de dictamen de este Consejo Consultivo al que se trasladó el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 31 de julio de 2015. Asimismo, se señala por el órgano consultante "la especial trascendencia y repercusión que tiene este asunto para la ciudad de Córdoba, dados los intereses en conflicto y las características de los terrenos en cuestión". En total son 51.155 metros cuadrados perteneciente al Sistema General de Espacios Libres, calificada como espacios libres Parques y Jardines, sobre la que se efectúa una concesión gratuita a la Fundación Córdoba Club de Fútbol, para uso privativo del dominio público, por plazo de 75 años, para la implementación de un equipamiento deportivo.

Tras el estudio del correspondiente expediente por los servicios jurídicos de este Consejo Consultivo, se ha comprobado que "se ha producido una modificación del planeamiento vigente, al haberse llevado a cabo dicha cesión sin haber tramitado previamente el correspondiente procedimiento de innovación urbanística para el cambio de uso de zona verde a equipamiento deportivo".

Además, indica que se ha efectuado dicha cesión por un órgano "manifiestamente incompetente al afectar a la ordenación estructural y sin haberse sometido al procedimiento establecido en la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA), dicho procedimiento incluye, además, el dictamen del Consejo Consultivo, el cual es preceptivo y vinculante en los supuestos de modificaciones de planeamientos que afecten a diferente zonificación o uso urbanístico de parques, jardines o espacios libres, dotaciones o equipamientos previstos en un plan, como es en este caso". Ante ello, considera que a tal efecto el acuerdo del Consistorio en la concesión gratuita a la Fundación "incurre en vicio de nulidad, por ser contario al ordenamiento jurídico", al tiempo que añade que "la cuestión planteada no puede remitirse al Consejo Consultivo por la vía de la Consulta Facultativa", motivo por el que no admite a trámite la solicitud.

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