Absuelto un joven procesado por colgar fotos íntimas de su ex novia en internet
La resolución judicial concluye que no existen pruebas determinantes, sino "meras sospechas" de la denunciante
El Juzgado de lo Penal número 3 ha absuelto a J. L. V. P., de 23 años, para quien la Fiscalía de la Audiencia Provincial solicitaba tres años de prisión por colgar en internet, supuestamente, fotos íntimas de su ex novia. La sentencia concluye que, desde el punto de vista técnico, no se ha podido probar que el acusado fuese quien difundió las imágenes, así que las "meras sospechas" de la víctima no pueden acarrear un fallo condenatorio. El fiscal sentó en el banquillo de los acusados a J. L. V. P. por un presunto delito contra la intimidad.
Los hechos saltaron a la luz pública a finales del año 2005, cuando la denunciante tuvo conocimiento de que varias fotos suyas circulaban en programas de intercambio gratuito de archivos. El fiscal argumentaba que el acusado no había aceptado de buen grado la ruptura con la víctima después de tres años y medio de relación, por lo que aseguraba que en diciembre de 2005 colgó, supuestamente, fotografías en las que la chica aparecía desnuda con expresiones insultantes del tipo "zorrilla" o "guarrilla". Durante la vista oral, la víctima aseguró que todavía sigue en tratamiento psicológico.
Aunque el acusado fue quien realizó con su cámara las fotografías que más tarde circulaban por el ciberespacio, el juez considera que este hecho no es suficiente para determinar una condena. "En un delito de esta naturaleza -argumenta la sentencia-, no se puede alcanzar una conclusión por meras sospechas derivadas del resentimiento del acusado tras la ruptura de la relación de pareja". El juez, incluso, cuestiona que la relación entre ambos fuese mala basándose en la declaración de un testigo, que manifestó que la pareja tuvo "buena relación de amigos" hasta que se inició la investigación.
El otro hecho que podría considerarse indicio probatorio sería la aparición junto a las fotografías de datos personales de la perjudicada, como su número de DNI o el teléfono móvil. El juez considera que estos detalles tampoco son suficientes como para atribuir la acción delictiva a J. L. V. P., pues existen "múltiples medios" para que "terceras personas" hubieran podido conocer estos datos.
"Yo no la obligué a hacerse las fotos", declaró durante el juicio J. L. V. P. "Las fotos que estaban en internet se las hizo ella misma con su cámara y me las envió por el messenger. No sé cuándo se colgaron ni quién. Ella me llamó en diciembre y me dijo lo que estaba pasando. Me descargué las imágenes en mi ordenador, pero luego las borré. Me preguntó si lo había hecho yo y le dije que no. Luego le recomendé que fuera a la Policía", se excusó.
Durante el juicio, trascendió que el procesado acumula una condena anterior por una falta de coacciones a la madre de la víctima y que posee otra causa pendiente por supuestas coacciones a su ex, unos hechos que tampoco asumió y que todavía no se han juzgado. La sentencia del Juzgado de lo Penal número 3 no es firme.
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