El terreno en el que se asienta el hotel del Algarrobico sigue siendo “urbanizable”
El Ayuntamiento de Carboneras modificó hace más de un mes su PGOU pero todavía no ha publicado el edicto en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería, ni en el Registro de Inmuebles de la Junta
El consistorio almeriense ya hizo lo mismo en el mes de julio del año 2018
Al Algarrobico le quedan años

El año que viene se cumplirán veinte años desde la primera sentencia judicial que afectaba al hotel del Algarrobico en la costa almeriense de Carboneras. En aquella fecha, un juez de lo Contencioso ordenaba la paralización de las obras. Desde entonces un rosario de fallos judiciales que abarcan desde instancias provinciales, hasta el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) e incluso el Tribunal Supremo, no han conseguido lo que en ellos se decide, es decir, que el hotel está en unos suelos protegidos, que la licencia de obras es nula y que debe procederse a su demolición.
El último incumplimiento viene desde el Ayuntamiento de Carboneras. Hace un mes, corrigió su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de acuerdo a lo que le exigía en repetidas ocasiones el TSJA, que en una providencia del 18 de diciembre, le obligaba “de manera urgente” a que se realizaran tres modificaciones en el PGOU para que esos terrenos se calificaran como no urbanizables.
El Ayuntamiento ha vuelto a sortear la aplicación práctica de esa modificación. Ha vuelto porque ya lo hizo en el año 2018. Para que esa modificación del PGOU entre en vigor de manera efectiva y sea de aplicación inmediata, es necesario su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería y en el Registro de Inmuebles de la Junta de Andalucía. Sin esos dos anuncios, esa decisión carece de valor alguno. Según ha podido confirmar este periódico de expertos en el desarrollo del periplo judicial del hotel del Algarrobico, ninguno de los dos trámites se había cumplido al menos hasta ayer mismo, cuando se cumplía un mes desde el acuerdo del Ayuntamiento. Por lo tanto, a todos los efectos y hasta que esto no se corrija y se publique de manera oficial, los terrenos en los que se asienta el inmueble siguen siendo “urbanizables” a todos los efectos.
Hace cuatro semanas la Junta se felicitaba porque “se han solventado los errores materiales apuntados en anteriores escritos” y consideraba que “se da cumplimiento a lo dispuesto”. Asimismo recordaba que “únicamente queda que el Ayuntamiento publique la normativa urbanística corregida de acuerdo a la sentencia del TSJA”.
La publicación (aún no efectuada) de este auto a través de un edicto respondía a la solicitud realizada en mayo por la Junta, que reclamó esto mismo para que la anulación parcial del acuerdo plenario fuese efectiva, al entender que con el mismo no se cumplía debidamente la sentencia que obliga al consistorio a clasificar como no urbanizable dichos terrenos. La administración andaluza solicitó anular la totalidad del punto primero de dicho acuerdo, adoptado el pasado 26 de abril, así como parte del segundo, y que obligase al consistorio a reflejar “en sus documentos y decisiones” que la clasificación como suelo no urbanizable especialmente protegido de El Algarrobico (sector ST-1) y de El Canillar (sector ST-2) era vigente desde 1994.
La licencia no se anula
El asunto no es baladí. Hay que recordar que el trámite es determinante a la hora de proceder a la decisión definitiva que sentenciaría de manera definitiva el futuro del inmueble, es decir, la declaración de nulidad de la licencia de obras. Se trata de un asunto también paralizado en su trámite municipal. El consistorio carbonero ha aducido de todo para no llevarlo a efecto; desde la falta de plaza de un arquitecto municipal, a la sustitución del abogado que defiende los intereses municipales y que ahora no es un especialista en derecho urbanístico, sino uno de los mejores penalistas de toda la provincia de Almería.
Tampoco en este asunto, el TSJA ha podido hacer que sus sentencias y fallos se cumplan. Más allá de apercibimientos y multas de escasa cuantía de no cumplirse determinados plazos para llevarlas a efecto (entre ellas la anulación de esa licencia de obras concedida en 2003), el ente local sigue dando largas a una decisión que, ha dejado claro, que no piensa adoptar. En el fondo, la indemnización que reclamaría la promotora del hotel –Azata del Sol– dejaría las arcas municipales comprometidas durante décadas, toda vez que, a pesar de que era consciente de que la edificación contravenía cualquier legislación vigente (incluida la Ley de Costas) la licencia que se le otorgó le permitía edificar el edificio.
Tampoco aquí la actitud de la Junta ayuda. El letrado que defiende los intereses de la administración autonómica, se ha opuesto en repetidas ocasiones a que sea el TSJA quien declare nula la licencia y deja el asunto en manos del Ayuntamiento que, como ha dejado claro varias veces, no está dispuesto a hacerlo. Actitudes así explican el bucle judicial que está a punto de cumplir dos décadas y que no tiene, por el momento, viso alguno de poder finalizar en un plazo concreto.
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