Andalucía

Los médicos recomiendan que el yihadista de Algeciras ingrese en un psiquiátrico

  • Los forenses creen que podría tener un "trastorno delirante" y aconsejan observar su evolución en las instalaciones adecuadas

Yassine Kanjaa, escoltado por la Policía Nacional a su llegada a Madrid.

Yassine Kanjaa, escoltado por la Policía Nacional a su llegada a Madrid.

Los forenses de la Audiencia Nacional han determinado que el autor confeso del ataque perpetrado el 25 de enero en dos iglesias de Algeciras podría tener un posible trastorno delirante y aconsejan su internamiento en una unidad psiquiátrica dependiente de Instituciones Penitenciarias para observar su evolución y poder examinarlo mejor en un futuro.

El cuadro médico realizó a finales de febrero el examen psiquiátrico al supuesto yihadista Yassine Kanjaa, autor del ataque en el que fue asesinado el sacristán de La Palma Diego Valencia y resultaron heridas varias personas. Ahora ha entregado al juez instructor el dictamen, cuya petición de internamiento se suele dar en casos severos. En la actualidad existen dos centros de este tipo en España, uno en Alicante y otro en Sevilla. El examen forense de Yassine Kanjaa fue acordado por el juez instructor de la causa, Joaquín Gadea, a los efectos de informar sobre si el sujeto era imputable o no. En su resolución, el magistrado indicaba que ese reconocimiento forense se debía hacer con pleno respeto al derecho de defensa del detenido y con su previo consentimiento.

Así, ofició a la clínica forense de la Audiencia Nacional para que dos médicos fueran quienes realizaran el examen al investigado. El día en el que se produjo, trascendió por fuentes jurídicas que el investigado en la hora escasa de examen habría insistido ante los psiquiatras en que "veía diablos".

Gadea, tras escuchar la declaración del presunto yihadista en sede judicial, decretó prisión provisional sin fianza y le atribuyó los delitos de asesinato y lesiones con fines terroristas que, advirtió, podrían conllevar la prisión permanente revisable.

En esa resolución indicaba que la actividad desarrollada por Yassine se podía calificar como un ataque yihadista dirigido tanto contra sacerdotes que profesan la fe de la Iglesia Católica como contra musulmanes que para el investigado no siguen los preceptos del Corán.

Si bien interesó ese informe forense psiquiátrico, previamente había sostenido que las acciones violentas las realizó para producir de manera consciente e intencionadamente el mayor daño posible, manteniendo en todo momento el control de la situación.

El instructor hacía constar en su auto por el que acordaba la prisión incondicional que en las dos declaraciones que ha prestado Yassine Kanjaa, ante la Policía y en el juzgado, salvo algunas contradicciones sobre elementos periféricos del relato, era capaz de reproducir en esencia los aspectos más importantes de su acción.

Relataba que la conducta del investigado fue consciente y con sus objetivos definidos, y que teniendo la opción de causar unos daños mayores, focalizó su acción concretamente sobre los sujetos a quienes atacó, a los que eligió de forma deliberada.

Por todo ello, el magistrado consideró que el detenido se identificaba con un perfil de terrorista autoadoctrinado, que actuó de modo individual y no vinculado directamente con una organización terrorista en concreto, pero que, en definitiva, lleva a cabo su acción en nombre del fenómeno yihadista al que tantos se adhieren de forma remota, generando un ataque violento que causa terror en la sociedad y desestabiliza la paz social.

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