Denuncia de la Fiscalía a la juez Bolaños

La baja por enfermedad de Bolaños no paraliza la tramitación de la denuncia de la Fiscalía

La juez María Núñez Bolaños, en su despacho de los juzgados de Sevilla.

La juez María Núñez Bolaños, en su despacho de los juzgados de Sevilla.

La situación de baja laboral, por motivos de salud, de la juez María Núñez Bolaños no paraliza la tramitación de la denuncia presentada por la Fiscalía Anticorrupción ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), según han confirmado a este periódico fuentes jurídicas.

La juez Bolaños está de baja desde el pasado 19 de junio y en esta situación se ha producido la denuncia de la Fiscalía Anticorrupción que, según las mismas fuentes, deberá ahora ser analizada por el promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ, Ricardo Conde, quien lo normal es que abra unas diligencias informativas en las que se daría trámite de alegaciones a la instructora de las macrocausas y tendría incluso que acudir a la sede del máximo órgano de gobierno de los jueces a prestar declaración.

Estas actuaciones se llevarían a cabo, en su caso, aunque la magistrada se encuentre en situación de baja laboral, han precisado las mismas fuentes, que han señalado que, tras oír a la juez, el promotor podría decidir la apertura de un expediente disciplinario y realizar a su vez una propuesta de sanción si estimara que existe alguna responsabilidad disciplinaria en la actuación de la magistrada. La baja no paraliza el expediente pero en el supuesto hipotético de que se acordara una sanción, ésta no podría ejecutarse hasta que la magistrada se reincorporara a su plaza en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

El fiscal jefe de la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada, Alejandro Luzón, presentó ayer una denuncia ante el Promotor de la Acción Disciplinaria del CGPJ contra la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, por considerar que la magistrada es responsable de una falta, muy grave o grave –de los artículos 417.9 o 418.11 de la ley orgánica del Poder Judicial, respectivamente–, en relación a su actuación en las macrocausas de los ERE, de los avales de la agencia IDEA, y en la que se investigan las supuestas irregularidades en las transferencias de financiación de IDEA.

La Fiscalía General del Estado anunció en un comunicado que a la hora de denunciar a la juez ha valorado que la situación procesal de estas causas se ve afectada por la “desatención y retraso injustificado en su tramitación y resolución, con evidente perjuicio de los fines del proceso penal y de la Administración de Justicia”.

La Fiscalía Anticorrupción considera que por este motivo está resultando “imposible proceder en los términos exigidos por la Ley de Enjuiciamiento Criminal a la práctica de las actuaciones en orden al esclarecimiento de los hechos y a la determinación de la responsabilidad de los partícipes, favoreciéndose con todo ello que el ejercicio de la acción penal no alcance sus objetivos”.

La decisión del fiscal jefe Anticorrupción de denunciar a Bolaños ante el máximo órgano de gobierno de los jueces se produce después de que a mediados de junio pasado los seis fiscales delegados de Anticorrupción en Sevilla le remitieran un informe en el que detallaban las supuestas irregularidades en la instrucción de las macrocausas por parte de la juez Bolaños, que investiga las macrocausas y que desde el pasado 19 de junio se encuentra de baja por motivos de salud.

Los fiscales denunciaban, entre otros aspectos, “desimputaciones masivas” por parte de la magistrada, así como el riesgo de prescripción y la “prescripción real” de determinados delitos que se investigan en esos macroprocesos por el supuesto retraso en la tramitación de los procedimientos, o que la juez “no provee” –es decir, que no tramita– los escritos de los fiscales de Anticorrupción.

El Ministerio Público considera que estas supuestas actuaciones de la instructora pueden ser constitutivas de una falta grave o muy grave. En concreto, el artículo 417.9 de la ley orgánica del Poder Judicial considera como falta muy grave “la desatención o el retraso injustificado y reiterado en la iniciación, tramitación o resolución de procesos y causas o en el ejercicio de cualquiera de las competencias judiciales”.Por su parte, el artículo 418.11 considera como falta grave “el retraso injustificado en la iniciación o en la tramitación de los procesos o causas de que conozca el juez o magistrado en el ejercicio de su función, si no constituye falta muy grave”.

Las faltas por las que Anticorrupción ha denunciado a la juez María Núñez Bolaños pueden conllevar la imposición de una multa de hasta 6.000 euros e incluso la suspensión, el traslado forzoso, o la separación de la carrera judicial en los casos de mayor gravedad.

En cuanto a las sanciones que pudieran imponerse, en el supuesto de que el Poder Judicial corroborara los hechos denunciados por el Ministerio Público, el artículo 420.2 de la ley orgánica del Poder Judicial establece que las faltas graves se sancionarán con multa de entre 501 a 6.000 euros,mientras que las faltas muy graves podrían conllevar la “suspensión, traslado forzoso o separación” de la carrera judicial.

Para la sanción correspondiente a las faltas graves es competente la Comisión Disciplinaria del CGPJ, mientras que para las muy graves, el órgano competente es el Pleno del máximo órgano de gobierno de los jueces, según el artículo 421 de la mencionada ley orgánica.

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