Finanzas

El Gobierno aprueba reducir a 20 el número de peonadas en Andalucía y Extremadura para acceder al subsidio

  • El Consejo de Ministros también aprueba la bonificación en la transformación de contratos eventuales agrarios en contratos indefinidos o fijos discontinuos

  • Trabajo y Economía Social autoriza el acceso de la Inspección a los alojamientos y locales de descanso de los trabajadores

La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, acompañada del ministro de Agricultura, Luis Planas, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

La portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, acompañada del ministro de Agricultura, Luis Planas, durante una rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros

El Consejo de Ministros de hoy se ha centrado especialmente en el sector agrario español, cuyos agricultores están desde hace meses en la calle demandando soluciones estructurales a una crisis que ya parece endémica y que ha provocado su inviabilidad económica.

A propuesta de la titular de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, se ha aprobado en su reunión la reducción a 20 del número de jornadas necesarias para el acceso al subsidio por desempleo, así como a la renta agraria a los trabajadores eventuales agrarios residentes en las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura.

Esta medida se lleva a cabo tras la constatación de un descenso de la producción del olivar, unido a las dificultades que han supuesto los aranceles impuestos por Estados Unidos a este sector, junto al elemento climatológico como agravante de efectos adversos sobre la actividad del sector agrario.

Circunstancias todas ellas que han repercutido en una disminución del empleo de los trabajadores eventuales agrarios de las comunidades autónomas de Andalucía y Extremadura y que ha reducido el número de jornadas cotizadas, requisito esencial para acceder al subsidio.

Por otro lado, también se ha aprobado a propuesta de Yolanda Díaz, incluir en el Real Decreto Ley por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de agricultura, pesca y alimentación, el mecanismo de conversión de contratos temporales de trabajadores eventuales agrarios en contratos indefinidos, que incluye a los trabajadores fijos discontinuos. Dicho mecanismo ya estaba establecido en el artículo 7 del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. El objetivo de esta medida es tratar de incentivar que el trabajo en el campo sea más estable y, en la medida de lo posible, combatir la eventualidad y el carácter temporero del trabajo agrario. Para ello, las empresas que transformen contratos temporales con trabajadores pertenecientes al Sistema Especial de Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social, incluidos los fijos discontinuos, podrán bonificarse la cuota empresarial por contingencias comunes, distinguiéndose su cuantía en función del encuadramiento del trabajador y de la modalidad de cotización (mensual o por jornadas reales trabajadas).

Y por último, se ha aprobado la modificación del acceso de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los alojamientos y locales de descanso, puestos a disposición de los trabajadores por parte de la empresa, ubicados fuera de los centros de trabajo o lugares donde se ejecuta la actividad laboral.

El objetivo de esta medida es combatir algunas de las extremas condiciones que se están dando en algunos lugares de trabajo, para lo que se permitirá a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social entrar y revisar las condiciones de estas viviendas, aunque se encuentren fuera del lugar de trabajo.

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