Varapalo vergonzoso

Los… propugnados "des-conciertos" supondrían un importante ahorro a favor de las arcas públicas Autonómicas

Hace ya algunos meses, no muchos, el… pater patriae (léase el padre de la patria) andaluza tuvo una iluminada idea: Por unanimidad -y unánimemente- decidió "des-concertar" (?) a todos los centros concertados que imparten la llamada "educación diferenciada", que no es otra que la separada por sexos. Como ya tuvimos ocasión de "opinar" desde este espacio, la medida "des-concertante" nos parece un despropósito. Por sus nefastas consecuencias en el sistema educativo. Y porque la dicha medida carece, a nuestro juicio, de la más mínima apoyatura legal. En consecuencia: Un desatino que puede traer causa de intereses políticos por completo ajenos al sistema educativo. No por imperativo de la ley.

Los… propugnados "des-conciertos" supondrían un importante ahorro a favor de las arcas públicas autonómicas. Pero en perjuicio del contribuyente. Además, significarían, de prosperar, un atentado a una libertad de creación de centros que, con claridad meridiana en el decir de "Las Partidas" propugnan el artículo 27.6 de la CE y reiterada doctrina del TC. Según los mandamases de la comunidad autónoma, la pretensión "des-concertante" es justificada. Porque dicen -y resuelven- que el susodicho modelo de enseñanza, la diferenciada es contrario a los principios de igualdad que la Constitución propugna. Las Tendillas ya tuvo ocasión de "opinar" en contra de la susodicha medida. Los padres de alumnos de un colegio de Sevilla, a los que la Junta había "des-concertado" por impartir enseñanzas en su modelo de "diferenciada" tampoco estuvieron de acuerdo con la decisión "des-concertante" de la Junta. En consecuencia, recurrieron, por los cauces legales, la decisión "des-concertante". El recurso fue resuelto recientemente por el Tribunal Supremo, que dictó sentencia que reconoce el derecho de los padres de alumnos a la "educación diferenciada".

El criterio del más Alto Tribunal de España resulta frontalmente contrario al de la Junta, que sostenía que la "educación diferenciada" era contraria al principio de igualdad que la Constitución consagra. Por el contrario, el TS enmienda la plana a la Comunidad Autónoma afirmado que la "enseñanza clasificada" "Es plenamente conforme con el principio de igualdad consagrada en el artículo 14 de la Constitución y con la normas internacionales". Ouséase: El…"des-concierto", una cacicada con fines vergonzosos.

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