Córdoba

El Ayuntamiento multará con hasta 601.000 euros el uso y venta de petardos

  • Emilio Aumente asegura que el Consistorio "será muy estricto", al igual que en 2015

Petardos retirados por las Fuerzas de Seguridad el año pasado.

Petardos retirados por las Fuerzas de Seguridad el año pasado. / el día

El Ayuntamiento ha dictado el bando de prohibición de venta, manipulación y uso de petardos y otros artificios pirotécnicos en las vías públicas y privadas que establece sanciones de 100 a 601.012 euros por incumplimiento, además de la incautación del material y cuya firma se realiza "tradicionalmente" en estas fechas próximas a la Navidad para "garantizar la seguridad ciudadana y otros derechos de la ciudadanía".

El teniente de alcalde de Presidencia, Seguridad Ciudadana y Vía Pública, Emilio Aumente, advirtió ayer de que el Consistorio "será muy estricto" con los petardos como lo fue en las fiestas de 2015, cuando por infracciones se llegaron a requisar hasta 10.000 artificios pirotécnicos que se vendían o manipulaban incumpliendo absolutamente la normativa. "No se puede dañar la convivencia y afectar a colectivos sensibles como personas mayores, infancia y personas enfermas, a lo que hay que añadir el terror que las explosiones causan en perros y otros animales domésticos", consideró Aumente. El dirigente municipal también pidió "a las personas que indebidamente manipulan petardos y otros artefactos pirotécnicos que piensen en la seguridad, la tranquilidad y los derechos de todos, así como en las consecuencias personales que tiene hacer un mal uso de dichos elementos".

El bando establece que "se prohibe la utilización de cualquier clase de artículo pirotécnico o petardos en las vías públicas o privadas, salvo que se cuente con la expresa autorización municipal y de las demás administraciones públicas competentes". En primer término, recoge que "se hará cumplir taxativamente la Ley 13/1999, de 15 de Diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, el Real Decreto 989/2015 de 30 de Octubre por el que se aprueba el Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, y la Circular de 25 de Noviembre de 2014 de la Delegación del Gobierno en Andalucía, sobre venta y uso de pirotécnicos". Mientras, el punto segundo dicta "evitar la manipulación y uso, sin la autorización administrativa, de cualesquiera artificios pirotécnicos, entendidos, tal y como se definen en el artículo 4 del precitado Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, en las vías y zonas de dominio público y privadas, y establecimientos públicos, especialmente petardos". El tercer punto señala la necesidad de "comprobar que los establecimientos expendedores de artificios pirotécnicos cuenten con la autorización expresa del delegado del Gobierno correspondiente, de conformidad con los prevenido en el artículo del Reglamento 124 de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería, sin perjuicio de cualesquiera otras licencias autonómicas o locales que legalmente sean exigibles para este tipo de comercio".

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