Córdoba

El juez decide retirar la concesión de Pérez Giménez a Globalaeronautic

  • El magistrado convoca otra "subastilla" para el 2 de octubre al que se invitará a participar a seis empresas interesadas

Nuevo varapalo a los trabajadores de Laboratorios Pérez Giménez en el calvario que llevan viviendo los últimos años. El titular del Juzgado de lo Mercantil número uno de Córdoba, el magistrado Fernando Caballero, ha dictaminado retirar a Global Aeronautic la adjudicación que le correspondió por once millones de euros de Laboratorios Pérez Giménez, dado que dicha sociedad, tras depositar un millón de euros de fianza, no ha llegado a firmar las escrituras de compraventa de la farmacéutica y, por tanto, no ha entregado los diez millones restantes del precio por el que se le adjudicó la empresa, sin que, en opinión del juez, haya justificación para ello.

En consecuencia y a través de un auto, al que ha accedido Europa Press, el juez, "dado que no se ha materializado la transmisión en el plazo señalado, decae la adjudicación a favor de Globalaeronautic y procede continuar lo acordado en el auto de 2 de junio de 2014", por el que le adjudicó la farmacéutica en base al cumplimiento de una serie de condiciones y plazos, que, a juicio de Fernando Caballero, no se han cumplido por la adjudicataria.

Por ello, según continúa el auto emitido, "se acuerda la convocatoria de una subaslilla en este juzgado el 2 de octubre a las 10:30" y "las condiciones específicas serán" las de un "tipo mínimo de 7.700.000 euros y subrogación en 40 relaciones laborales".

Los postores, según aclara el juez, "previamente deberán garantizar provisionalmente en un millón de euros la oferta que realicen en el acto de la puja", correspondiendo a la Administración Concursal de los laboratorios invitar "a participar en la puja a las entidades que presentaron ofertas de adquisición de la unidad productiva".

Según recoge el informe que presentó la Administración Concursal al juez el pasado 1 de agosto, solicitando la retirada de la adjudicación a Global Aeronautic y la convocatoria de una nueva subasta, las sociedades que serán invitadas a participar en la subastilla serán Zumos Palma SLU, Laboratorios Normon SA, Morera & Vallejo SL, Ingenieria y Planificación Sostenible SL, Procono SA y Kraspharma.

Este mazazo a los trabajadores se produce apenas un mes después de que representantes de Global Aeronautic se desplazaran a Córdoba y manifestaran en una rueda de prensa que querían poner la fábrica en marcha cuanto antes e incluso concurrir la subasta de medicamentos que fallará la Junta a mediados de estemes.

Por otro lado y en otro auto, el juez ha determinado no aceptar la solicitud que le hizo el comité de empresa de que en el Expediente de Regulación Temporal de Empleo (ERTE) que acordó para 111 de los 151 empleados de los laboratorios se incluyera también a los 40 trabajadores que quedaban fuera del mismo, ya que, de lo contrario, no tendrán la opción de cobrar desempleo y llevan ya más de dos años sin cobrar sus nóminas.

El juez entiende que no puede incluir en el ERTE a los citados 40 empleados porque "el juzgador está vinculado por los principios dispositivos y de congruencia que inspiran el proceso civil. Es decir, la resolución judicial debe contemplar (y resolver) el objeto de la cuestión controvertida pero no puede ir más allá, so pena de incurrir en la llamada incongruencia extrapetita, es decir, que el órgano judicial resuelva cuestiones no planteadas, lo que está vedado en nuestro ordenamiento jurídico", y en este caso la Administración Concursal, que es la competente para ello, pidió aplicar el ERTE a 111 trabajadores.

En el auto se aclara que, "dado que en el auto de 11 de julio (mediante el que se aprobó el ERTE) se indica que la duración de la suspensión tendrá lugar hasta la materialización de la adjudicación de la unidad productiva y como quiera que pueden plantearse problemas logísticos a la hora de la satisfacción de las prestaciones correspondientes por parte del Fondo de Garantía Salarial, procede acordar un periodo determinado sobre la previsible duración de esta medida. Por tanto, se establece la duración de la suspensión de los contratos de trabajo por un periodo de seis meses, prorrogables a instancia de la Administración Concursal, si fuese necesario".

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