Córdoba

Entra en vigor la norma que obliga a realizar una inspección a las viviendas

  • Los edificios con un siglo o más serán los que tendrán que cumplir la norma en primer lugar

El último Boletín Oficial de la Provincia de 2012 anunció la entrada en vigor de la norma que obliga a todos los edificios preferentemente residenciales de la capital a pasar un control periódico de la situación en la que se encuentran para garantizar la seguridad de sus habitantes y, además, actuar en consecuencia cuando sea necesario. La nueva carga se llama Inspección Técnica de Edificios (ITE) y hasta el momento ha sido obligatoria solamente en parte de la Axerquía por estar afectada por un programa de rehabilitación de edificios. Vimcorsa tuvo que poner en marcha un sistema de ayudas a las familias con menos recursos y, aún así, nunca se ha llegado a implantar con éxito lo que se considera como una nueva obligación económica ante el Ayuntamiento.

Con la nueva redacción de la norma, sólo tendrán que pasar la inspección -cuyo coste depende de los profesionales que se contraten- los edificios que tengan un uso preferentemente residencial. Durante 2013, quedarán obligados a tener la ITE los inmuebles que tengan un siglo o más de vida o que se encuentren protegidos por alguna Administración. En 2014 serán los que tengan más de 75 años y en 2015, aquellos que cuenten con más de 50 años.

La entrada en vigor será diferida puesto que la ITE obliga, fundamentalmente, a los propietarios de viviendas que tengan medio siglo de vida. La ordenanza ha establecido una ficha técnica tipo que establece las cuestiones que deben someterse al examen de un técnico competente. Los colegios profesionales con competencias en la materia -no se dice cuáles son- favorecerán la puesta en marcha de la Inspección Técnica de Edificios y recibirán la invitación del Ayuntamiento a que se ponga en marcha la medida con éxito. Urbanismo pretende, además, poner en marcha acuerdos con entidades financieras y aseguradoras con esta misma finalidad. Incumplir la obligación de pasar la ITE a un edificio implica someterse a un régimen sancionador.

Si el técnico competente lo estima necesario, pondrá por escrito cuáles son las medidas que, a su juicio, deben realizarse sobre el edificio o conjunto de éstos en el caso de que se encuentren en una misma parcela catastral. Dichos datos figurarán en registros públicos con el objetivo de que el Ayuntamiento tenga acceso a ellos. Si la Gerencia de Urbanismo lo entiende necesario, se podrá ordenar que cualquier edificio de la ciudad pase la ITE con el objetivo de garantizar la seguridad de un inmueble. Medidas como ésta son una especie de último recurso para obligar a los propietarios a que mantengan en buen estado sus edificios. La Gerencia asegura que el deber de conservar el ornato y la seguridad de los edificios siempre ha estado en la legislación urbanística.

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