Circulación en carretera

¿Qué dice la DGT sobre la circulación de ciclistas en pelotón?

  • Esta y otras dudas resueltas sobre la circulación de bicicletas por carretera

¿pueden circular los ciclistas en pelotón? ¿Qué dice la DGT?

¿pueden circular los ciclistas en pelotón? ¿Qué dice la DGT? / Carlos Gil / Archivo

La circulación de un grupo de ciclistas en pelotón es una gran duda, también para conductores de automóviles. Las respuestas las encontramos en dos apartados del Reglamento General de Circulación, en los cuales se trata la agrupación de ciclistas y la circulación paralela, aunque en el pasado ha habido numerosos cambios en este Reglamento. 

En España existe una gran cultura ciclista, en parte, gracias a la mejora de infraestructuras y los cambios en el tráfico en los últimos años. Las normas como la obligación de circular en hilera o la prohibición de acceder algunos cambios sufrieron cambios en el Reglamento de Circulación, pero vamos a adentrarnos en qué dice la normativa española.

Los pelotones no están permitidos

Sin embargo, el Reglamento General de Circulación sí que permite que las bicicletas circulen en carretera en columna de a dos. 

En cualquier caso, esta práctica solo está permitida en unas condiciones sumamente importantes determinadas en el Artículo 36.2 del Reglamento General de Circulación, como que los ciclistas circulen orillándose todo lo posible al extremo de la vía, y que se recoloquen en hilera, y rompan la formación de columna de a dos, en tramos sin visibilidad, o cuando se formen aglomeraciones de tráfico. El vídeo que vemos a continuación es un buen ejemplo de lo que jamás debe hacer un grupo de ciclistas.

También es importante recordar que en tramos con curvas, y cuando haya razones de seguridad que lo aconsejen, los ciclistas pueden abandonar el arcén y circular por la parte derecha de la calzada que necesiten. En cualquier caso, en condiciones normales, y si existiera arcén, deberán utilizarlo y orillarse al extremo derecho de la vía.

¿Cómo pueden agruparse los ciclistas?

El Reglamento General de Circulación no especifica cuántos ciclistas pueden agruparse para circular una carretera, pero según el artículo 54.1 de este Reglamento, se permite a los ciclistas que se junten sin necesidad de mantener la distancia de seguridad que se aplica a otros vehículos extremando la atención, a fin de evitar alcances entre ellos.

Con lo cual, no, los ciclistas no pueden circular formando pelotones como norma general, pero sí en grupo y fila de a dos, siempre en condiciones concretas.

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