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La titularidad de los bienes eclesiásticos

El Arzobispado de Sevilla tiene 'blindados' todos sus bienes en el Registro de la Propiedad

  • Asegura que no espera ninguna reclamación del Estado al haber realizado todas las inmatriculaciones de templos y otros edificios “con escrupuloso respeto”, y destaca que no ha recibido ningún requerimiento de información sobre sus propiedades

Las inmatriculaciones de la Catedral, San Lorenzo y la Magdalena

Las inmatriculaciones de la Catedral, San Lorenzo y la Magdalena / M. G. (Sevilla)

EL Arzobispado de Sevilla afronta “sin ningún miedo” el anuncio del Gobierno central de reclamar las propiedades públicas que hayan sido inscritas por la Iglesia en el Registro de la Propiedad en los últimos años, en su mayoría en el período comprendido entre 1998 y 2017, cuando el Gobierno de Aznar abrió la opción de efectuar inmatriculaciones de bienes por la vía exprés. En el caso de Sevilla, las plataformas laicistas han reclamado, aunque sin mucho eco, que sean reconocidos como espacios o edificios públicos el Patio de los Naranjos, la Catedral y la Giralda.

Fuentes del Arzobispado aseguran que no han recibido ninguna petición de la Administración relacionada con esta reivindicación. La jerarquía eclesiástica asiste a esta polémica “con absoluta tranquilidad”, pues todas las inmatriculaciones se hicieron “con un escrupuloso respeto a la Ley y estudiando caso por caso”. Las inmatriculaciones (primera inscripción de un bien en el Registro de la Propiedad) sólo tuvieron incidencias en el caso de capillas de grandes templos que no se reconocieron como propiedad de hermandades, pero en todos los casos se alcanzó una solución satisfactoria.

En el caso de la diócesis de Sevilla no se inmatriculó ningún espacio público, como sí ocurrió de otras provincias donde sí se han generado polémicas por la apropiación de alguna plaza o calle en favor de la Iglesia, por lo que se entiende que no hay riesgo de que el Gobierno de España efectúe ninguna reclamación.

Los casos más llamativos –avanzados por este periódico en su día– fueron las inmatriculaciones de la Catedral (incluidos el patio de los Naranjos y la Giralda), el Salvador, la Magdalena y San Lorenzo. Uno de los últimos templos en ser matriculados ha sido el de San Bernardo.

El Gobierno de España, a través de la Dirección General de Patrimonio del Estado, reclamará a la Iglesia Católica los bienes inscritos a su nombre en el Registro de la Propiedad que sean de dominio público. Así lo anunció el Ejecutivo esta semana en una respuesta escrita a una pregunta del diputado socialista Antonio Hurtado, quien explicó que hay 40.000 bienes inmatriculados por la Iglesia. Tras la elaboración del listado de los bienes que está realizando el Ministerio de Justicia, si se constata que la Iglesia ha inscrito bienes de dominio público como si fuesen privados, se procederá a “una depuración física y jurídica”.

La polémica está avivada por plataformas laicistas que reclaman la titularidad pública de la Mezquita de Córdoba o de la Seo de Zaragoza, entre otros edificios. A este respecto, el Arzobispado de Sevilla reitera los principios que han guiado su acción en este proceso, iniciado durante el pontificado de monseñor Amigo y culminado durante el actual de monseñor Asenjo.

Las fuentes oficiales consultadas precisan: “La Iglesia usa sus bienes para el destino que han sido creados: el culto. Sólo hemos inscrito los casos claros, en los que teníamos información cierta, hemos evitado cualquier acción que pudiera ser entendida como un abuso”. Por estos motivos, el Arzobispado considera que el proceso de reclamación de propiedades anunciado por el Gobierno “no afecta” a la diócesis sevillana. “No hay dudas sobre la titularidad de la Catedral o del Patio de los Naranjos”, añaden. Muy distinto es el debate sobre la reapertura al público de este recinto para que pueda ser transitado como si fuera una calle más de la ciudad, como era posible hasta tiempos recordados por muchos sevillanos.

El Arzobispado recuerda que la inscripción de los templos no era posible antes de 1998. Se trataba de una opción expresamente prohibida. Fue a partir de la reforma del Reglamento Hipotecario del Gobierno de Aznar cuando no sólo se abrió la posibilidad de la inmatriculación, sino que se dieron una serie de años (hasta 2015) para efectuar el proceso de forma rápida, con la mera presentación de un certificado emitido por la autoridad eclesiástica, de acuerdo con el artículo 206 de la Ley Hipotecaria. Es lo que se ha conocido como el procedimiento exprés de inmatriculación. La Iglesia en la actualidad puede seguir inmatriculando bienes a partir de 2015, pero ya lo tiene que hacer por el procedimiento ordinario a través de notario.

“Hay muchos templos abiertos al público durante un número de horas superior a los edificios de cualquier Administración. Los bienes de la Iglesia son usados y disfrutados por mucha gente y, además, son mantenidos en muchos casos solo por la Iglesia. Nunca durante el proceso de inmatriculación hemos tenido un afán de inscribir más y más bienes por el mero hecho de aumentar las propiedades”, apuntan las fuentes oficiales consultadas por este periódico.

El Arzobispado de Sevilla destaca que, si bien ya expiró para la Iglesia la opción de inscribir bienes por la vía exprés, esta facultad, entendida por muchos como un privilegio, sigue vigente para los ayuntamientos y otras organizaciones. “Sin que nadie se queje de eso”, apuntan las mismas fuentes: “Las críticas solo son hacia la Iglesia”.

Entre 1998 y 2015, el Arzobispado de Sevilla ha inscrito templos, casas rectorales, conventos, etcétera repartidos por toda la provincia. Asegura que no dispone un listado completo y detallado, pues el proceso ha durado varios años y ha sido guiado por diferentes responsables. El titular de los bienes puede ser cualquiera de las personas jurídicas que en el seno de la Iglesia tienen capacidad para operar en el tráfico jurídico, incluso con distintas denominaciones. Es decir, un bien puede estar a nombre del Arzobispado, de la Archidiócesis, de una hermandad, del Cabildo Catedral o de cualquier otro sujeto.

La inscripción de la Catedral de Sevilla en el Registro de la Propiedad a favor del Cabildo se produjo en febrero de 2010, tres meses después de que monseñor Asenjo fuera ya el titular único de la Diócesis de Sevilla. El propio Asenjo refirió en marzo de 2014 en un acto público su experiencia al respecto como obispo de Córdoba. Con motivo de la petición de la Plataforma Mezquita-Catedral Patrimonio de Todos para que la Catedral de Córdoba sea incorporada al patrimonio público, el prelado recordó que él dirigía la diócesis cordobesa cuando el templo fue inscrito en 2006 en favor de la Iglesia católica en el Registro de la Propiedad. “Hay suficientes títulos históricos y jurídicos”, defendió en cuanto al papel de la Iglesia como titular del monumento, unos títulos que quedan blindados con la inmatriculación -denominación de la primera inscripción de una finca- en el Registro de la Propiedad. La Parroquia de San Lorenzo fue inmatriculada en 2009, aunque cinco años años después, tras la publicación del olvido en este periódico, se tuvo que corregir la inscripción para reconocer en favor de la Hermandad del Gran Poder sus derechos de propiedad sobre la histórica capilla en la que el Señor recibió culto 300 años.

La Parroquia de la Magdalena fue inscrita en agosto de 2011. Esta inscripción fue una de las que provocó incidencias al reclamar la Hermandad de la Quinta Angustia la propiedad sobre su capilla. Hubo que recurrir a una solución muy particular mediante una nota aclaratoria.

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