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Entra en vigor el decreto de la Junta que declara las Zepa 'Alto Guadiato' y 'Campiñas de Sevilla'

  • Asaja se muestra crítica con esta declaración por considerar que la Junta "engaña a los afectados con ayudas inviables"

La Junta de Andalucía publica hoy en el BOJA el Decreto por el cual se declaran como Zonas de Especial Protección para las Aves (Zepa) los territorios Campiñas de Sevilla y Alto Guadiato, lo que supone la protección de casi 70.000 hectáreas que discurren por las poblaciones de Écija, La Lantejuela, Marchena y Osuna en Sevilla, y Los Blázquez, Fuente Obejuna, La Granjuela y Valsequillo en Córdoba. Según este decreto consultado por Europa Press, las zonas Campiñas de Sevilla y Alto Guadiato son dos de las áreas más importantes de la Comunidad tanto para avutarda común (Otis tarda) como para sisón (Tetrax tetrax). Además, estos territorios incluyen poblaciones importantes  de aguilucho cenizo (Circus pygargus) y cernícalo primilla (Falco naumanni), estas últimas con una distribución general muy dispersa y extendida por gran parte del territorio andaluz.

La designación de estos territorios como Zepa supone la adopción de las medidas de conservación adecuadas para evitar el deterioro de los hábitats de las especies de aves objeto de protección y garantizar su mantenimiento en un estado de conservación favorable, así como para fomentar que el desarrollo de las actividades productivas se lleve a cabo de forma compatible con la conservación de estos hábitats de aves esteparias contribuyendo a mantener la rentabilidad de las explotaciones.  Así, de acuerdo con las exigencias comunitarias en materia de conservación de aves, se establecen como objetivos específicos el mantenimiento de sistemas agrarios adecuados y suficientes para los requerimientos de estas especies; la eliminación o reducción de los principales factores de mortalidad juvenil y adulta de las poblaciones de aves o la necesidad de evitar la fragmentación del hábitat de forma que no se vea comprometida la viabilidad de las poblaciones de aves esteparias objeto de conservación.

También en este sentido, se insta a arbitrar medidas de orden administrativo que contribuyan al mantenimiento de la rentabilidad que tienen los aprovechamientos extensivos tradicionales del territorio, así como el desarrollo de otras opciones económicamente viables, siempre y cuando sean compatibles con la finalidad de este Decreto. Los titulares de las explotaciones podrán elaborar un Plan Técnico de Gestión Integrada de carácter plurianual donde se recoja la previsión de actuaciones a realizar, los usos del suelo y los criterios de gestión a aplicar en las mismas para un periodo máximo de cinco años, así como las principales alternativas estudiadas y el análisis de impactos potenciales, las medidas adoptadas para el mantenimiento de las poblaciones de aves y el programa para el seguimiento de las medidas adoptadas.

La aprobación de los planes corresponderá a la persona titular de la Delegación Provincial competente en materia de medio ambiente. La resolución de aprobación del plan incluirá la decisión de someter o no a autorización ambiental unificada las actuaciones previstas en el mismo que estén sujetas a dicho régimen de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11.1 de este Decreto y en el artículo 27.1.d) de la Ley 7/2007, de 9 de julio, así como, en su caso, las condiciones ambientales para su desarrollo. Asimismo la resolución incluirá un informe ambiental previo de aquellas otras actuaciones que por aplicación de la normativa ambiental deban someterse con carácter general a un procedimiento específico de autorización.

Por otro lado, para fomentar que el desarrollo de la actividad productiva se lleve a cabo de forma compatible con la conservación de los hábitats de las aves esteparias en el ámbito de la estas zonas protegidas, con cargo al Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2007-2013 se establecerán las correspondientes líneas de ayudas para los sistemas agrarios de especial interés para estas aves.

En los criterios de ponderación para la concesión de las ayudas se valorarán preferentemente las explotaciones que tengan el Plan Técnico de Gestión Integrada previsto, así como las ubicadas en las áreas sensibles y aquellas que cuenten con acuerdos voluntarios de custodia del territorio entre entidades de custodia públicas o privadas y las personas titulares de las explotaciones agrarias. Asimismo, la Consejería de Medio Ambiente establecerá una línea de ayudas para la elaboración y desarrollo de los Planes Técnicos de Gestión Integrada.

Asaja protesta. Este decreto ha levantado numerosas críticas en el seno de la organización agraria Asaja, la cual acusó a la Junta de "engañar" a los agricultores y ganaderos cordobeses con ayudas "inviables" a los afectados por la declaración como Zepa del territorio del Alto Guadiato. Así, Asaja manifestó que la "única ayuda específica prevista es la futura línea agroambiental contemplada en el PDR Andaluz y que será sólo para 6.000 hectáreas de Andalucía durante 2007-2013, mientras que sólo entre estas dos Zepa hay unas 70.000 hectáreas". También, desde el punto de vista del colectivo, "también engaña la Junta cuando no dice que el Plan Técnico de Gestión Integrada es una nueva obligación que impone a los agricultores y ganaderos, sin la cual no podrán realizar muchas de las actuaciones que vienen realizando hasta ahora y que, además, su realización conlleva un importante coste económico".

Por todo ello, Asaja concluyó que este decreto se ha aprobado "sin haber atendido a las peticiones de los afectados, sin definir ayudas reales para los mismos y sin cumplir los compromisos que adquirió la Junta en anteriores reuniones". 

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