Campiña Sur

Un juzgado deniega el recurso de Aqualia contra la extinción del servicio público de agua en Puente Genil

  • El Ayuntamiento aprobó la prórroga provisional hasta que se formalice el contrato con la nueva adjudicataria

Operarios de Aqualia en una actuación en Puente Genil.

Operarios de Aqualia en una actuación en Puente Genil.

El Juzgado de lo Contencioso -Administrativo número 1 de Córdoba ha denegado el recurso interpuesto por Aqualia contra los acuerdos plenarios del Ayuntamiento de Puente Genil con fechas 28 de junio y 12 de agosto del 2021 que declaró la extinción del contrato de gestión del servicio público de abastecimiento, saneamiento y depuración de aguas con Aqualia que había solicitado la medida cautelar contra este acuerdo hasta que se dicte sentencia que ponga fin al proceso iniciado.

De esta forma, el juez le da la razón al Ayuntamiento de Puente Genil que aprobó en Pleno la prórroga provisional durante un periodo máximo de seis meses a contar desde el 20 de diciembre del 2021 hasta que formalice el contrato con la nueva adjudicataria y que permite al Ayuntamiento poner fin a dicho contrato en cualquier momento.

El auto judicial explica que “la suspensión podría provocar perturbación grave de intereses generales, traducidos en este caso en la competencia y “derecho” del Ayuntamiento para decidir y establecer otra gestión del servicio (aun mediante cambio de quien lo presta) cuando la precedente puede -en principio- considerarse finalizada por transcurso del respectivo plazo contractual (al margen del debate, como aquí parece, no sobre ese hecho temporal, sino sobre cumplimiento de los requisitos o condiciones para excluir o que no opere la prórroga tácita -que sería la cuestión litigiosa de fondo-).

Añade que sin que haya motivo (distinguible) para que, sobre esos intereses que se presumen en la determinación del Ayuntamiento, primen los estrictamente particulares de la recurrente (por mantenerse ella en la gestión del servicio público de que se trata).

Habiéndose notificado la resolución judicial, contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Córdoba y ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía en Sevilla dentro de los quince días siguientes al de la notificación.

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