Lo que no puede ser (Y II)

Por mucho que se empeñe el "acatamiento" no significa "cumplimiento" de las sentencias. Ni de las penas.

El Govern y sus adeptos siguen aferrados a una iluminada pretensión de doble efecto: Por una parte, libertar a todos los presos del llamado caso "Procés"; por otra, eximirlos de las responsabilidades penales en que incurrieron. Los… susodichos se empecinan, para ello, en exigir la aplicación de una singular figura jurídica: Obviamente nos referimos a la tan ponderada "amnistía" que -insistimos- solo existe en las retorcidas entendederas de los solicitantes de la misma. Ciertamente, "El govern" y sus compinches vienen interesando -con más frecuencia de la deseada- exigencias de imposible concesión. Y, para más escarnio, lo hacen a sabiendas de que… "Lo que no puede ser no puede ser. Y, además, es imposible".

Pero, a nuestro juicio, "El govern" no tiene patente de corso respecto de peticiones como las que motivan esta crítica, comprensivas de ocurrencias afectadas de imposibilidad metafísica: Resultan de muy variada etiología. Sobre todo, entre algunos profesionales de la res pública. Precisamente, y a propósito de las penas impuestas por el TS en el llamado "Procés", tuvimos ocasión de ver -y oír- lo que Pedro Sánchez aseveró respecto de la sentencia condenatoria dictada en el "Procés". Dijo: "Acatamiento significa cumplimiento. Insisto…".

-Perdón, señor… Presi: Por mucho que se empeñe -o insista- el "acatamiento" no significa "cumplimiento" de las sentencias. Ni de las penas impuestas. ¿Razones?: Las… sentencias judiciales no se "cumplen": Se ejecuta lo ordenado por el juzgador.

Sí, se "cumplen" las penas impuestas. Pero, técnicamente (o por definición), el "cumplimiento" no es más que una "causa" extintiva de la responsabilidad penal (artº, 130. 1, 2º Cp.). No es la única: Son, en total, 7. Todas aplicables. Pero ninguna extingue (o "cumple") una resolución judicial llamada "sentencia". Dicho en román paladino: El… "acatamiento" NO tiene el "significado" que el Presidente le atribuye. Simplemente, ES… "Aceptar …/… unas normas legales, una orden, etc." (según el diccionario oficial). En este supuesto, el verbo "aceptar" alude a la sentencia en sus propios términos. Lo que implica la ejecución de la misma conforme a Derecho. No como disponga el político de turno que, en todo caso, debería distinguir, a juicio de Las Tendillas, entre resolución judicial (sentencia) y penas impuestas. A contrario, sería confundir el culo con las témporas.

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