¿Se equivoca la Fiscalía?

El Fiscal General carece de capacidad para dar orden de Prescripción de delito alguno

Ocurrió la pasada semana: Analizábamos noticia relativa a la llamada "Prescripción del delito". La encabezábamos con una pregunta: "¿Se equivoca el juzgador?". Y concluíamos: Sí. Se equivocaba un juzgador que pretendía aplicar la… "Prescripción" a "delitos" con atributos. Como… "posibles" (= presuntos). Hace tan solo unos días, era publicada otra parecida, "… después de que el nuevo Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, haya dado orden de considerar prescrito el asesinato de Miguel Ángel Blanco y, por tanto, no acusar a los jefes de ETA…".

Ouséase: El Fiscal General no se conforma con " considerar prescrito el asesinato": Para más escarnio, aplica, al "asesinato" (sic), la "Prescripción", al aseverar que, por ello, "no acusa a los jefes de ETA". No pueden prosperar las presunciones de la Fiscalía General. Por injustas. Y por una colección de razones, que resumimos:

1. "Asesinato" es, según la RAE, "Matar a alguien…". Atribuir a la muerte de una persona la condición de "prescrita" nos parece -como mínimo- un insulto.

2. El legislador preceptúa -expresamente- la "Prescripción del delito". Sin calificativo alguno (artículos 130. 6º y 131 del CP.). Pero -entre otras muchas ocurrencias- la Fiscalía proclama la "Prescripción" del "asesinato" (sic), que no del "delito", inexistente sin la preceptiva sentencia previa, haciendo, así, añicos un principio -sagrado en derecho y reiterada doctrina jurisprudencial y científica- según el cual, donde la ley no distingue, no es posible distinguir.

3. En todo caso, la aplicación de la "Prescripción del delito" -que no del "asesinato" como pretende el Fiscal- supone un acto de ejecución de sentencia, improcedente por un sinfín de razones:

a) No existe la preceptiva sentencia, también llamada "ejecutoria" cuando es ejecutable por adquirir firmeza.

b) Por rigurosa aplicación del artículo 117. 3 de la CE, "…el ejercicio de la potestad jurisdiccional…/… corresponde exclusivamente a los Juzgados y Tribunales…". El Fiscal General no es Juez. En consecuencia, carece de capacidad jurídica para "dar orden" de aplicar la "Prescripción" (sic) de "delito" alguno. Mucho menos, de los inexistentes.

c) En todo caso las decisiones judiciales -como la aplicación de la… "Prescripción del delito"-, se adoptan mediante Resoluciones Judiciales (Providencias, Autos, Sentencias…), que no mediante "orden" de la Fiscalía de turno: La aplicación de la "Prescripción del delito" resultaría contraria Derecho. Y al sentido común.

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