¡Pa mearse y no echar gota!

La Administración incurrió en conducta omisiva al no tramitar en tiempo y forma las solicitudes de dependencia

Por riguroso conducto de el Día de Córdoba, tuvimos la suerte de conocer una de esas noticias de las que, por mor de su contenido y extraordinaria relevancia, podemos afirmar que clama al cielo por un comentario crítico, que nos proponemos acometer: A los fines de practicar el dicho análisis, copiamos, "ad pedem…", parte de la "noticia":

"La Delegación de Igualdad, Políticas Sociales y Conciliación ha encontrado en Córdoba 3.773 solicitudes de dependencia "que estaban pendientes de grabación y que no aparecían registradas en el sistema". "Estas más, de 3.700 solicitudes no estaban contabilizadas en ninguna lista de espera, como sí lo estarán a partir de ahora, ya que estamos procediendo a grabar para que estas personas cuenten en el sistema y puedan acceder a las prestaciones y servicios a los que tienen derecho".

No tenemos constancia de que hayan sido desmentidos -o impugnados- los hechos que motivan la "noticia" objeto de esta "opinión", atribuidos a la anterior Administración de la Junta de Andalucía, presidida, a la sazón, por Susana Díaz, del PSOE. En consecuencia, parece procedente tener por ciertos los hechos objeto de información periodística. Ello supuesto, tenemos que aclarar que, a nuestro juicio, "… las prestaciones y servicios a los que determinados pacientes tienen derecho" se establecen en rigurosa función de los distintos Grados (I, II, III) de Dependencia del paciente. Ouséase: Conforme a la copiosa legislación aplicable.

Pero, el hecho de que la anterior Administración de la Junta de Andalucía -dirigida por la sociata Susana Díaz- nos legara a los cordobeses la friolera de 3.773 "solicitudes de dependencia" "… pendientes de grabación y que no aparecían en el sistema" nos parece una… ocurrencia de extrema relevancia que no debería sustraerse al conocimiento del Ministerio Fiscal. Por las razones siguientes:

La Administración de referencia incurrió, a juicio de Las Tendillas, en conducta omisiva al no tramitar en tiempo y forma -por dolo o culpa- las "solicitudes de dependencia" que tenía la obligación -y podía- despachar sin demora. Comportamiento omisivo que, inevitablemente, supuso una clara y flagrante vulneración de derechos de las personas dependientes a las prestaciones y servicios que las leyes autorizan, y de los que han sido privados indebidamente. ¡Pa mearse y no echar gota! Digo.

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