De un tiempo a esta parte, desde el inicio de la crisis, cualquier decisión judicial contraria a los intereses de la banca es interpretada por muchos como una victoria, celebrada en los medios de comunicación con titulares de generosas dimensiones y alabada por su valentía sin atender a más razón que la consecuencia inmediata de que el cliente bancario -que somos todos- recupera o "se le devuelve" alguna cantidad de dinero. La Banca se ha convertido en la culpable.

Esta semana ha sido particularmente movida. De manera insospechada el Tribunal Supremo dictó el jueves una resolución que modifica su línea jurisprudencial de años, anulando un precepto que atribuye la condición de sujeto pasivo al deudor en los préstamos hipotecarios, que ha venido siendo aplicado de modo pacífico desde el año 1995 en el que se aprobó y que el propio Supremo declaró legal en distintas ocasiones. Y pese a lo evidente de la intención robinhoodista de la resolución y de la manifiesta agresión a un principio constitucional como el de seguridad jurídica, ha llegado a ser celebrado como un gol de la selección.

La hipoteca, esa fabulosa institución que nos ha permitido acceder a la vivienda a muchas generaciones de españoles, no merece una agresión populista de esa factura. Desnaturalizarla, alentar prevenciones y sumirla en el lago de la inseguridad solo va a conducir a su encarecimiento y a la imposibilidad de acceder al crédito para una vivienda a millones de españoles. Bien está que replanteemos la fiscalidad futura de las hipotecas, disparatada sin duda, pero no a través de un juicio sumario hacia el pasado.

Como a cualquier español me encantaría que me devolviesen el impuesto pagado por las hipotecas con las que he podido pagar lo que he comprado a lo largo de mi vida. El problema es que ni hay razón para que ello se produzca pues el efecto retroactivo es impensable ni ese importe lo devolvería la banca, que nunca lo cobró, sino el Estado o las Comunidades Autónomas: todos nosotros.

Seamos serios. Las legislaciones modernas establecen que en determinados casos de defectuoso funcionamiento del Estado se pueda exigir su responsabilidad patrimonial. En este caso se aprobó y publicó una norma en el 95 (gobierno socialista, por cierto), se aplicó sistemáticamente aceptando las administraciones de todo signo político al deudor como sujeto pasivo (la ministra Montero fue nuestra consejera muchos años y alentó una política de inspección muy rigurosa) y se declaró legal en distintas sentencias; banca y ciudadanos hemos acomodado nuestra actuación a todo ello. ¿No es evidente que puede existir una responsabilidad estatal por el quebranto que se le pueda causar a alguien por, simplemente, cumplir la legislación vigente?

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