Efectos de la ley

Comprendemos la situación de… cabreo del autor. Pero modestamente tenemos que discrepar del elemento causal al que alude: La ley

Acontecía unos días antes de la Semana Santa: El autor de esta "opinión" tuvo la suerte de topar con publicación cuyo párrafo final, cortado y pegado, queda como sigue: "Yo no iré a Fuengirola esta Semana Santa. ¡Y me jodo!".

La dicha "publicación" periodística lleva la firma de don Antonio Jesús Rodríguez, magistrado ejerciente de reconocido -y merecido- prestigio no solo en el ámbito de nuestra ciudad sino también fuera de ella. Es por ello que nos parece susceptible de un breve comentario crítico que nos proponemos efectuar:

Consultamos el significado de la forma verbal del encabezamiento de esta "opinión". Es la que utilizó el autor de referencia al final de la dicha publicación. Observamos que el diccionario oficial (dle) le atribuye una pluralidad de acepciones. Pero solo una contiene locución interjectiva, cuyo contenido literal resulta ser el siguiente: "7. Interj. U. para expresar enfado, irritación, asombro, etc.". Es, exactamente, la mi misma forma expresiva que utilizó el autor de la publicación objeto de comentario. Ello comporta que el lector no pueda elegir, libremente, la acepción que le plazca: La virtuosa -y versada- mano del autor de la publicación dejó expresa y claramente consignada la forma utilizable. De suerte tal, que la expresión interjectiva "¡Me jodo!" carece de toda significación que no sea la que la Academia le atribuyó. Y que no es otra que la elegida por el autor, reveladora de "…enfado, irritación, asombro, etc.".

Comprendemos la situación de… cabreo del autor. Pero, modestamente, tenemos que discrepar del elemento causal al que alude: La ley. Dice el autor: "Una ley o una disposición del gobierno no son acertadas cuando convierten a la mayoría…".

A juicio de Las Tendillas, "Una ley…" es solamente un medio del que el legislador se vale para obtener un fin. Ello supuesto, creemos que, en efecto, la ley no es... "causa" del… cabreo del autor de referencia (que es el de todo quisque). Pero nos parece de aplicación el principio de causalidad -de honda raigambre entre los tratadistas de las distintas ramas de derecho- según el cual la causa de la causa es la causa de lo causado (Causa causae est causa causati). Por aplicación del dicho.... "principio", el responsable máximo de nuestras penurias sería el legislador. Y nadie más.

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