La ciudad y los días

Carlos Colón

ccolon@grupojoly.com

Difícil comprensión de la justicia

Provoca daños irreversibles a su nieto tras intentar provocar un aborto a su nuera y no irá a la cárcel

Los más complejos saberes científicos exigen un grado de conocimiento especializado menor que el necesario para comprender el funcionamiento de la justicia en España. Y no solo se trata de la actual escandalera provocada por la aplicación de la llamada ley del sólo sí es sí. Informaba ayer la compañera de Diario de Cádiz Julia Alarcón del caso de una mujer que intentó provocar un parto a su nuera en una fase tan avanzada de la gestación que la criatura pudo ser extraída practicando una cesárea de urgencia. Víctima de las contracciones ocasionadas por el fármaco abortivo, el bebé tuvo que ser ingresado en la UCI durante 31 días necesitando "cateterismo, sondaje vesical, monitorización de la presión arterial, intubación endotraqueal y ventilación mecánica convencional, alimentación parenteral, transfusiones de plaquetas, plasma y hematíes, hipotermia inducida y tratamiento farmacológico". El pequeño padece y padecerá "tetraparesia (debilidad muscular en extremidades), epilepsia, hipoacusia severa por pérdida neurosensorial del oído, trastornos del lenguaje y retraso cognitivo" por lo que "necesitará utilizar el resto de su vida ortesis para estabilizar su cuerpo y andadores y sillas de ruedas para desplazarse, adecuar la vivienda en la que resida y la ayuda indispensable y continua de otra persona" porque "ha perdido por completo su autonomía física, mental, intelectual y sensorial".

La responsable ha sido condenada a dos años de cárcel por un delito de aborto intentado, un año por lesiones al feto y un año y diez meses por falsedad en documento oficial (intentó inscribir al niño en el Registro Civil como si fuese el bebé de su hija). Al final, cuatro años y 10 meses por causarle a su nieto gravísimos daños irreversibles de por vida. ¿Les parece difícilmente comprensible tan leve condena? Pues la cosa aún puede empeorar. El tribunal decidió concederle el beneficio de la suspensión de las penas privativas de libertad. No irá, pues, a la cárcel. Solo se le impone la prohibición de residir en la misma localidad que su nieto y acercarse a él a menos de 200 metros por un periodo de 10 años, no delinquir durante cinco años, nueve meses de trabajos en beneficio de la comunidad, pagar una pensión vitalicia de 400 euros a su nieto y una indemnización de 10.000 euros cuando la solicitada en principio por la Fiscalía era de 2,5 millones. ¿Lo comprenden? Yo tampoco.

MÁS ARTÍCULOS DE OPINIÓN Ir a la sección Opinión »

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios