juicio del procés

Arranca con las cuestiones previas el juicio del procés contra los 12 líderes separatistas

  • La exposición de la cuestiones previas comenzará por las defensas y le seguirán el fiscal, la Abogacía del Estado y la acusación particular que ejerce el partido Vox.

  • Los acusados se enfrentan a unas peticiones de condena de la Fiscalía de entre siete y 25 años de prisión.

La Sala Segunda del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena, ha iniciado a las 10:23 el juicio contra los doce acusados que se enfrentan a penas de entre los siete y los 25 años de prisión en relación con la denominada causa del “procés”, por los hechos que sucedieron en Cataluña entre septiembre y octubre de 2017 que tenían como finalidad la secesión de la comunidad autónoma y la fallida declaración de la República Catalana. 

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La vista ha arrancado con las cuestiones previas que plantearán los 17 abogados de la defensa y en la que probablemente plantearán la nulidad de esta causa especial, a los que seguirán la Fiscalía, la Abogacía del Estado y finalmente la acusación particular de VOX.

El presidente de la Sala Segunda, Manuel Marchena, ha informado a las defensas de que dispondrán aproximadamente de unos 45 minutos para la exposición de las cuestiones previas, aunque ha precisado que la Sala será "generosa en al administración de los tiempos" pero sin quebrantar la igualdad de las partes. Antes de comenzar las cuestiones previas, la letrada de la Administración de Justicia ha procedido a la lectura de los escritos de acusación.

Los 12 acusados se sientan en cuatro filas, en la primera de ellas están el ex vicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras, el ex consejero de Asuntos Exteriores y Relaciones Institucionales Raül Romeva, y el ex consejero de Interior Joaquim Forn.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra, ha llegado a la sede del Alto Tribunal sobre las 09:15 horas, siendo recibido por la jefa de gabinete del presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes. Torra seguirá el desarrollo de la vista oral dentro del Salón de Pleno del Supremo, que acoge el juicio contra los doce líderes separatistas.

El tribunal está compuesto, además de Manuel Marchena –que además de presidir la Sala es el ponente de esta causa especial 3/20907/2017 y que por tanto tendrá que redactar la sentencia, por otros seis magistrados: Andrés Martínez Arrieta, Luciano Varela, Andrés Palomo del Arco, Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Ana María Ferrer.

Quién es quién en el 'procés' Quién es quién en el 'procés'

Quién es quién en el 'procés'

Los doce acusados son el ex vicepresidente del Govern y ex consejero de Economía Oriol Junqueras, a quien la Fiscalía reclama 25 años de prisión por delitos de rebelión y malversación de caudales públicos (la abogacía del Estado le pide 12 años); el ex portavoz y ex consejero de la Presidencia Jordi Turull, que se enfrenta a 16 años de cárcel por rebelión y malversación; el ex consejero de Asuntos Exteriores y Relaciones Institucionales Raül Romeva (16 años de prisión por rebelión y malversación); el ex consejero de Interior Joaquim Forn (16 años de prisión por rebelión y malversación); la ex consejera de Gobernación Meritxel Borràs (siete años por delitos de malversación y continuado de desobediencia); la ex consejera de Trabajo y Asuntos Sociales Dolors Bassa (16 años de prisión por rebelión y malversación); el ex consejero de Territorio y Sostenibilidad Josep Rull (16 años por rebelión y malversación); el ex consejero de Justicia Carles Mundó (7 años por malversación y desobediencia); la ex presidenta del Parlament Carme Forcadell (17 años de prisión por rebelión); el ex presidente de la Asamblea Nacional Catalana (ANC) Jordi Sánchez (17 años por rebelión); y el ex presidente de Òmnium Cultural Jordi Cuixart (17 años por rebelión).

La diferencia entre las penas que solicitan la Fiscalía y la Abogacía del Estado se debe a que la primera acusa por el delito de rebelión, más grave y con violencia, mientras que la Abogacía del Estado lo hace por sedición, que castiga a los que se alcen "tumultuariamente". La acusación particular que ejerce VOX incluye además para los acusados el delito de organización criminal, y así en el caso por ejemplo de Oriol Junqueras, Jordi Turull y Raül Romeva reclama 74 años de cárcel por delitos de rebelión, organización criminal y malversación.

La Abogacía del Estado y la Fiscalía discrepan sobre la cuantía de la presunta malversación, que los servicios jurídicos del Estado cifran en 1,9 millones de euros frente a los 2,9 millones que estima el Ministerio Público.

Entre los más de 500 testigos que el tribunal ha aceptado que declaren en el juicio que rindan testimonio figura el ex presidente del gobierno Mariano Rajoy, la ex vicepresidenta Soraya Sáez de Santamaría, el ex ministro de Hacienda Cristóbal Montoro, el expresidente de la Generalitat Artur Mas, el lehendakari Iñigo Urkullu, el actual presidente del Parlament de Cataluña, Roger Torrent, diputados como Gabriel Rufián y Joan Tardá, la ex coordinadora general del PDeCAT Marta Pascal, la alcaldesa de Barcelona Ada Colau y el ex delegado de Gobierno en Cataluña, Enric Milló. Además comparecerán también como testigos ciudadanos que resultaron lesionados en los hechos enjuiciados, así como agentes de la Policía Nacional y guardias civiles que también sufrieron heridas, según ha informado el Alto Tribunal.

El juicio ha despertado una gran expectativa mediática, con más de 600 periodistas de 150 medios distintos acreditados para seguir las sesiones en el Alto Tribunal, de los que medio centenar son extranjeros, sobre todo alemanes y franceses, aunque también hay informadores acreditados de Estados Unidos, Rusia o China.

Acción coordinada de los principales promotores 

En su escrito de conclusiones, la Fiscalía considera que la estrategia delictiva de los acusados se basó en la actuación convergente de las instituciones catalanas de autogobierno (Parlamento y Gobierno de la Generalitat), de las formaciones políticas independentistas con representación parlamentaria (JUNTS PEL SI y CUP), y de las entidades sociales soberanistas (Asamblea Nacional Catalana-ANC, Òmnium Cultural- OC y Asociación de Municipios por la Independencia-AMI), cuyos máximos dirigentes, los acusados Oriol Junqueras, Carme Forcadell, Jordi Sánchez y Jordi Cuixart, en unión de otros procesados huidos acordaron como “principales promotores” ponerla en práctica mediante la acción combinada y sincronizada de tres pilares básicos: el parlamentario, el ejecutivo y el social.

El “plan orquestado consistía fundamentalmente en orillar la aplicación de la legalidad constitucional y estatutaria, e impedir el cumplimiento de las resoluciones administrativas y judiciales dictadas al amparo de aquella, para conseguir como objetivo último -con sus propias leyes y sus propias estructuras de Estado- declarar la independencia de esa parte del territorio nacional y obligar al Estado a aceptar la separación del referido territorio, finalidad que estuvieron a punto de lograr con los actos delictivos que ejecutaron poniendo así en grave peligro el orden constitucional”, precisa el Ministerio Público.

El plan secesionista contemplaba la utilización de todos los medios que fueran precisos para alcanzar su objetivo, incluida -ante la certeza de que el Estado no iba a aceptar esa situación- la “violencia necesaria para asegurar el resultado criminal pretendido, valiéndose para ello de la fuerza intimidatoria que representaban, por una parte, la actuación tumultuaria desplegada con las grandes movilizaciones ciudadanas instigadas y promovidas por ellos, y por otra, el uso de los Mossos d'Esquadra como un cuerpo policial armado e integrado por unos 17.000 efectivos aproximadamente, que acataría exclusivamente sus instrucciones -como así sucedió- y que, llegado el caso, podría proteger coactivamente sus objetivos criminales”.

En el preacuerdo se estableció que las elecciones que iban a celebrarse el día 27 de septiembre de 2015 tendrían un “carácter plebiscitario, de modo que votar a las candidaturas soberanistas supondría un pronunciamiento favorable a la independencia de Cataluña y a iniciar de inmediato un proceso de transición nacional que llevaría a la proclamación de la república catalana en un plazo máximo de 18 meses”. Y tras las elecciones, la finalidad de la legislatura se centró en “obtener la independencia, para lo cual se estableció como herramienta imprescindible el uso de la movilización social”.

20 de septiembre: el asedio a la consejería de Vicepresidencia

La Fiscalía destaca igualmente varios hitos en el proceso separatista, como los que tuvieron lugar el 20 de septiembre de 2017, cuando los Jordis (Jordi Sánchez y Jordi Cuixart) convocaron a la población a que compareciera en la sede de la consejería de Vicepresidencia, Economía y Hacienda de la Generalitat, donde la Guardia Civil había practicado una serie de detenciones y habían iniciado el registro de la Consejería para encontrar elementos y datos que permitieran depurar las responsabilidades derivadas de la convocatoria del referéndum previsto para el 1 de octubre e impedir su celebración.

Los agentes llegaron a la consejería a las ocho de la mañana del 20 de septiembre, aparcando sus vehículos en la puerta, y sufrieron el “asedio” de hasta 60.000 manifestantes, cuya masa se agolpaba “hasta empujar, y casi derribar, la propia puerta de entrada del edificio en un ambiente crispado y hostil”.

Tras casi dieciséis horas de asedio, sobre las 24.00 horas de la noche pudo prepararse una salida para que la letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lnstrucción actuante “pudiera abandonar las instalaciones con seguridad, a través del teatro sito en el inmueble colindante, lugar al que hubieron de acceder desde la azotea de los edificios, saltando para ello un muro de aproximadamente un metro y medio de altura. El resto de los agentes de la Guardia Civil pudieron salir cuando la manifestación ya se había disuelto, haciéndolo concretamente en dos turnos, uno a las 4 de la madrugada del día 21 de septiembre, y el otro a las 7.00 horas de esa misma fecha”.

El referéndum del 1-O

En cuanto a los hechos ocurridos el 1 de octubre, la Fiscalía señala que una masa organizada de personas, convocadas por los acusados, ocuparon los colegios electorales, “encerrándose en los mismos con la finalidad de ofrecer resistencia a la actuación que había sido acordada por orden judicial”. “Como quiera que la celebración de la jornada del 1-0 era pieza esencial en el proceso de declaración de independencia, los acusados asumieron continuar con la estrategia de incumplir el mandato judicial, quebrantar la legalidad, y celebrar a toda costa la citada jornada valiéndose para ello de la población civil”, añade el Ministerio Público.

Dice la Fiscalía que “el violento y agresivo enfrentamiento propiciado por la masa de personas congregadas en los diversos colegios electorales, que actuaron a modo de muro humano, incluyó actos de agresión causantes de lesiones, lanzamiento de objetos, vallas metálicas y piedras, insultos, y resistencia grave al cumplimiento del mandato judicial por las fuerzas policiales”, y resultaron heridos “numerosos agentes y ciudadanos”.

Como continuación de los hechos enjuiciados, el 27 de octubre, el Parlamento catalán, “haciendo realidad la hoja de ruta marcada previamente, declaró la independencia de Cataluña y su constitución como nuevo Estado en forma de República, con el voto favorable de 70 diputados. Esta declaración de independencia no era meramente simbólica, ya que las autoridades de la Generalitat tenían preparado -para su aprobación inmediata- todo un paquete de normas que desarrollaban el nuevo marco jurídico de la República, el despliegue de las estructuras administrativas necesarias para el funcionamiento del nuevo estado, y un plan para garantizar que los Mossos d'Esquadra asumiesen la seguridad de todas las infraestructuras y el control efectivo de todo el territorio de la Comunidad Autónoma”.

Ante esta situación y la “magnitud y gravedad del ataque al orden constitucional”, el Senado, ese mismo día, acordó, a instancias del Gobierno, la aplicación de las medidas extraordinarias previstas por el artículo 155 de la Constitución para “restaurar la legalidad constitucional conculcada”.

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