España

La Audiencia Nacional absuelve a un etarra de amenazas porque su gesto fue ambiguo

  • La sala entiende que en una discusión el gesto de señalar a alguien con el dedo índice y teniendo el pulgar levantado no tiene que significar "necesariamente" un disparo.

La Audiencia Nacional ha absuelto al preso etarra Juan Carlos Apesteguía Jaca de un delito de amenazas al estimar que, pese a que se dirigió "de forma airada" a los funcionarios de la cárcel de Huelva durante una pelea, el gesto que hizo con su mano es "ambiguo" y no tiene que significar un disparo.

Así lo ha acordado la sección primera de la sala de la penal en una sentencia en la que considera probado que sobre las 9:35 del 22 de junio de 2006, cuando el acusado iba a salir al patio de la prisión se dirigió "de forma airada" a los funcionarios y les dijo que ya estaba bien de tonterías" y que le "debían tratar con el mismo respeto que reclamaban para ellos".

Al mismo tiempo, añade el tribunal, Apesteguía Jaca gesticulaba y señalaba con los dedos índice y pulgar estirados, subiendo y bajando la mano al funcionario al que se dirigía, quien le ordenó que la bajara, a lo que el etarra respondió que "era sólo su dedo" y no su pistola y continuó con la misma actitud.

El tribunal señala que tanto el acusado como los testigos que declararon en el juicio coinciden en que el primero se dirigió en tono elevado al funcionario exigiendo que le tratasen con respeto y que en ese enfrentamiento verbal señaló con su dedo al encargado del módulo, aunque discrepan en que tuviera o no el dedo pulgar levantado como si se tratase de una pistola.

La sala entiende por tanto que en el transcurso de una discusión el gesto de señalar a alguien con el dedo índice y teniendo el pulgar levantado es "equívoco" porque no tiene que significar "necesariamente" la representación de un disparo pues puede tener otra significación, "aunque siempre vaya dirigida a culpabilizar de la situación al contrario".

Añade además que Apesteguía Jaca no tiene el brazo extendido para simular que apunta, ni hace el gesto de un dedo que aprieta el gatillo, lo que, según los magistrados, hubiese tenido un "innegable contenido amenazador".

La "ambigüedad" del gesto realizado por el acusado es la que lleva al tribunal a considerar que existe un margen de duda que sólo cabe interpretar a favor del reo por imperativo del principio 'in dubio pro reo' (en caso de duda a favor del acusado)".

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