Economía

El juez rechaza la propuesta de pago de Fórum y ordena su liquidación

  • La única salida ya es la venta de los activos, que apenas cubren el 25% de la deuda

El juez Santiago Senent decidió ayer liquidar Fórum Filatélico, cuyos activos sólo cubren el 25% de las deudas, al no admitir a trámite la propuesta presentada por la empresa de inversión en bienes tangibles para pagar a sus clientes y acreedores por considerar que infringe la ley. En el auto, el titular del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid señala que el convenio de acreedores propuesto no supondría devolver en metálico los ahorros de los inversores y del resto de acreedores, al tiempo que depende "de una serie de acontecimientos que son auténticas condiciones, contenido que infringe las previsiones de la ley concursal".

Fórum, intervenida por la Audiencia Nacional hace dos años, propuso el pasado 11 de julio devolver en los primeros cinco años del convenio el 55% de lo que invirtieron sus 269.000 clientes, distribuyendo sobre todo participaciones en fondos de inversión en sellos e inmuebles, o bien acciones de la propia empresa. En Andalucía se calcula que hay 85.000 afectados, aunque la cifra incluye también a los perjudicados por la otra gran estafa, la de Afinsa.

La administración concursal de Fórum tendrá un plazo de 15 días desde la notificación de la sentencia para presentar un plan para la venta de los activos de la compañía, que sólo sirven para cubrir el 25% de las deudas. En su informe definitivo sobre la situación patrimonial de Fórum, el juez insistió en la existencia de un agujero de 2.801 millones de euros, frente a unos activos de 954,4 millones de euros a precio de liquidación. El valor contrasta con el esgrimido por los ex gestores de Fórum debido principalmente al valor de los 123 millones de sellos, fijado judicialmente en 283,94 millones a precio de liquidación, frente a los 1.380 millones que calculaban éstos.

En el auto, el juez se muestra muy crítico con la fórmula elegida por la empresa. De hecho, destaca que "los acreedores, además de ver reducido su crédito en un 50% y aplazado hasta cinco años, no perciben su importe en metálico sino que se ven obligados a recibir participaciones o acciones", lo que vulnera la Ley Concursal.

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