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La subdelegación de gobierno en Sevilla limita el derecho del CSIF a manifestarse en Palomares

  • El sindicato ha solicitado las concentraciones para reclamar los salarios de los trabajadores de Emdespal, que llevan atrasos de cinco meses.

CSI-F Sevilla ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía contra la resolución del Subdelegado del Gobierno en Sevilla, por la que se limita el ejercicio del derecho constitucional regulado en el artículo 21 relativo al derecho de reunión solicitado, en tiempo y forma por esta Central Sindical.

CSI-F ha solicitado una serie de concentraciones en la localidad de Palomares del Rio al objeto de reclamar los salarios de los trabajadores de la Empresa Municipal EMDESPAL, a quienes se le deben unos atrasos de cinco meses.

Con esta solicitud de concentraciones, además de expresar libremente el derecho de expresión de los trabajadores a exigir sus retribuciones debidas, CSI•F intenta velar por la seguridad de los manifestantes, solicitando que, ya que se prevé un importante número de asistente, durante esos treinta minutos se suspenda el tráfico rodado, por la seguridad de los propios concentrados.

Por parte del consistorio municipal se intenta por todos los motivos que la misma no se celebre, o, al menos, que tenga la menor repercusión posible, alegando que a la hora que se van a celebrar las mismas (10’00 a 10’30 horas) “puede verse colapsada la circulación y afectada gravemente la seguridad vial”, “además coincidiendo con las operaciones especiales, motivo Puente de la Constitución y Periodo de Navidad día 22 de diciembre. A efectos informativos, indicar que existen rutas alternativas para que los conductores no tengan que esperar los treinta minutos que dura la concentración.

CSI-F espera que la cordura impere en las autoridades y velen por la seguridad de los manifestantes, advirtiendo en la reunión que se mantuvo el pasado día 26 en la Subdelegación del Gobierno que, en el supuesto caso de que se produjese algún accidente en la persona de alguno de los manifestantes se querellará, no contra el conductor que lo provocase, sino contra las autoridades que con sus instrucciones han permitido dicho tránsito, así como quienes hayan elaborado los informes en los que se han basado para adoptar dicha decisión.

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